Pensión de invalidez
Entidad responsable
Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP
¿Qué es y para qué sirve?
Se obtiene cuando se presenta pérdida de capacidad laboral. Este tipo de pensión corresponde a las personas que han sido declaradas inválidas, dentro de la vigencia del Decreto 1848 de 1969, significa haber perdido el 50% o más de su capacidad para trabajar.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas del día.
- Conmutador: +57 (601) 307 62 00, opción 2 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
- Línea gratuita: 018000 119 929, opción 1 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
VIRTUAL
- Correo electrónico: servicioalciudadano@foncep.gov.co.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEl trámite no tiene ningún costo.
Pago del reconocimiento.
Trámite que se obtiene en cuatro (4) meses.
Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP, Bogotá D.C.
- Dirección: Cra 6 # 14 – 98; Edificio Condominio Parque Santander, torre A, piso 2.
- Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 am – 4:00 pm (jornada continua).
SuperCADE CAD.
- Dirección: Cra 30 # 25 – 90.
- Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 am – 1:00 pm y de 2:00 pm – 4:30 pm. Sábados de 8:00 am – 12:00 m.
CADE Toberin.
- Dirección: Cra 21 # 169 - 62 - Centro Comercial Sttugar, local 118.
- Horario de atención: lunes a viernes 7:00 am - 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm.
CADE Tunal.
- Dirección: Cra 24c # 48 - 94 Sur Centro Comercial Ciudad tunal - Entrada 1 - locales 58, 59 y 60.
- Horario de atención: lunes a viernes 7:00 am - 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm.
Enviando solicitud al correo electrónico servicioalciudadano@foncep.gov.co.
A través de nuestro canal telefónico: Teléfono conmutador: +57 (601) 307 62 00, opción 2 - Línea gratuita: 018000 119 929, opción 2 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Reunir documentos y cumplir condiciones.
- Diligenciar: Formato único solicitud pensional.
Descárguelo haciendo clic aquí↑
Se puede solicitar de manera presencial en los puntos de atención:
Documentos generales:
- Anexar una fotocopia de cédula de ciudadanía del solicitante.
- Anexar dictamen de pérdida de capacidad laboral original.
- Anexar constancia original de ejecutoria del dictamen de pérdida de capacidad laboral.
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- Si el reconocimiento se solicita en caso de curador, guardador o tutor.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑ - Si el reconocimiento se solicita en caso de ser cumplimiento de fallo judicial.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
Presentar solicitud de manera presencial en cualquiera de nuestros puntos de atención.
Notificarse de la respuesta.
Presentar documento de identificación al momento de notificarse. Para el caso de los apoderados, el documento de identificación y tarjeta profesional.
Canal presencial y canal virtual.
Para recibir notificación por correo electrónico se requiere haber seleccionado esta opción en el formulario de solicitud. La respuesta le llegará desde el correo electrónico certimail@foncep.gov.co, este correo es automático, favor no responder.
Solicitud revisión de invalidez.
- Diligenciar: Formato de revisión calificación de invalidez.
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Se puede solicitar de manera presencial en los puntos de atención:
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Si el reconocimiento se solicita en caso de actuar a través de apoderado.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Documentos generales:
Anexar una fotocopia de cédula de extranjería del solicitante. (aplica para extranjeros).
Solicitud revisión de invalidez.
No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla. (Cada tres años, FONCEP podrá solicitar al pensionado la revisión del estado de invalidez).
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