Mediante el Decreto 442 el Distrito autoriza la realización de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva, con un aforo del 100%, siempre y cuando se solicite, como requisito al ingreso de los asistentes, el carné de vacunación contra el COVID-19.
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¿Cuáles son los lugares en los que se pedirá el carné de vacunación?
De esta manera, según el Decreto 442, los lugares en los que, a partir del próximo 16 de noviembre, se exigirá el carné de vacunación contra COVID-19 o el 👉 certificado digital de vacunación, en el que se evidencie como mínimo la aplicación de la primera dosis de vacuna en Bogotá, son los siguientes:
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✔️ Eventos presenciales de carácter público o privado que, "impliquen asistencia masiva con aforo del 100 %".
✔️ Bares y gastrobares.
✔️ Restaurantes.
✔️ Cines.
✔️ Discotecas.
✔️ Lugares de baile.
✔️ Conciertos.
✔️ Casinos.
✔️ Bingos.
✔️ Actividades de ocio.
✔️ Escenarios deportivos cuando se adelanten eventos masivos.
✔️ Parques de diversiones y temáticos.
✔️ Museos y ferias con un aforo máximo del 100 %.
De esta manera, el Decreto también establece que los establecimientos de comercio y cultura deberán solicitar el carné a la ciudadanía y cumplir con las medidas de autocuidado que indica la Secretaría de Salud, como el uso del tapabocas, ventilación de los espacios, lavado, desinfección de manos, entre otras.