Bogotá mantiene la Ley seca desde las 10 p.m.

24·MAYO·2021
En el horario de 4 de la mañana a 10 de la noche, únicamente se permitirá la venta de bebidas alcohólicas a domicilio.
Ley seca
Los restaurantes podrán servir estas bebidas como acompañamiento de la comida - FOTO: Consejería de Comunicaciones.

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Se mantienen las medidas para enfrentar el COVID-19 en la ciudad, luego de que se realizara un nuevo comité epidemiológico este lunes. De esta manera, sigue vigente la Ley seca que regirá desde las 10 de la noche y hasta la 4 de la mañana del día siguiente.

El alcalde (e) Alejandro Gómez, aseguró que "las condiciones sociales actuales no permiten que tengamos mayores medidas que las que hemos estado teniendo, por eso permanecen las limitaciones que hasta ahora hemos tenido. Tenemos la ley seca desde las 10 de la noche; con esas medidas pensamos que podemos ir manejando el tercer pico como en la actualidad”.

 

 

Es de aclarar que en el horario de 4 de la mañana a 10 de la noche, únicamente se permitirá la venta de bebidas alcohólicas a domicilio.

Los restaurantes podrán servir estas bebidas como acompañamiento de la comida. La medida se mantiene hasta la realización de un nuevo Comité Epidemiológico el próximo 18 de mayo.

Acá te contamos qué puede pasar si no se cumple con la medida 👇 :

En caso de que  no se cumplan las medidas de Ley seca se puede incurrir en varias sanciones que impondrán las autoridades:

Abrir establecimientos de comercio que no presten servicios esenciales: La apertura de establecimientos comerciales que no presten un servicio esencial o estén dentro de las excepciones, se les impondrá comparendos por $969.094. Además pueden terminar con el cierre preventivo.

Comercializar bebidas alcohólicas: puede llevar a la suspensión temporal de la actividad económica, más la multa que sea impuesta por el policía que conozca el caso.

Ingerir bebidas alcohólicas en espacio público puede conllevar a una multa tipo 4, es decir de $936.320. Si conlleva otro tipo de acciones, como por ejemplo irrespeto a la autoridad puede tener además una amonestación o conducción al Centro de Traslado por Protección CPT.