Base Normativa
En cada municipio habrá una corporación administrativa elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años que se denominará concejo municipal, integrado por no menos de siete, ni más de veintiún miembros según lo determine la ley, de acuerdo con la población respectiva.
Misión
Es misión del Concejo de Bogotá como suprema autoridad en materia administrativa, ejercer el control político a la administración Distrital y expedir normas para promover el desarrollo integral de la ciudad y sus habitantes, en cumplimiento de los fines esenciales del Estado social de derecho, a través de una organización administrativa autónoma, eficiente y moderna y de una cultura de autocontrol, así como vigilar y controlar la efectividad de la gestión de las instituciones y autoridades distritales, de conformidad con los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución Política, la ley y los acuerdos.
Elementos de la misión:
Legalmente es la suprema autoridad en el Distrito Capital, con atribuciones de carácter normativo y el ejercicio del control político sobre las autoridades de la administración distrital.
Promueve el desarrollo integral y armónico de la ciudad, así como la eficiente prestación de los servicios públicos en cumplimiento de los fines del Estado social de derecho
Personifica el régimen representativo de los habitantes de Bogotá
Debe contar con una administración autónoma en el manejo de sus recursos humanos, físicos, financieros y tecnológicos
Debe contar con una administración eficiente y moderna, acorde con la importancia y trascendencia de sus funciones.
Visión
Posicionar al Concejo de Bogotá como el mejor del país por su ejercicio democrático con un enfoque ético de las costumbres políticas y de la prevalencia del bien común.
Elementos de la visión:
Tener reconocimiento a nivel nacional, que sirva como modelo de gestión para el desarrollo local.
Posicionarse como ejemplo para los demás municipios y distritos, respecto del ejercicio democrático de control político.
Destacarse por su acierto en la expedición de normas adecuadas y oportunas para el bienestar de la población capitalina.
Contar con un reglamento interno moderno y eficaz, que garantice la estricta aplicación de los principios de la administración pública moderna y eficiente.
Contar con recursos, institucionales, administrativos y financieros que le permitan actuar con criterio independiente y democrático en el ejercicio del control político.
Reglamento Interno
Con el firme propósito de contar con un reglamento interno moderno y eficaz, que garantice la estricta aplicación de los principios de la administración pública moderna y eficiente en el año 2003 se logro este importante proyecto de acuerdo, por el cual se modifica el reglamento interno del Concejo de Santa fe de Bogotá D.C, se crean dos comisiones permanentes y se dictan otras disposiciones. Hemos colocado adjunto el reglamento completo del Concejo de Bogotá.
Política de Calidad
El Concejo de Bogotá tiene como política de calidad ejercer el control político de la administración distrital y expedir normas que promuevan el desarrollo integral de la ciudad de acuerdo con el cumplimiento de los fines esenciales del estado social del derecho, los requisitos de la ciudadanía y los propios de la corporación, con el propósito de entregar servicios que satisfagan las necesidades de la ciudadanía en busca del mejoramiento continuo del sistema de gestión de la calidad y conservación del medio ambiente.
Aplicación Ley de Garantías
Concejo de Bogotá en línea
Dirección: Calle 36 No. 28 A - 41
Teléfono: 208 82 10