Entidades serán responsables del pago de seguridad social a contratistas

2·ABR·2025
Bogotá implementa un nuevo mecanismo para el pago de seguridad social de sus contratistas a partir de julio de 2025.
Bogotá ajusta el pago de seguridad social para contratistas 2025 Foto:Secretaría Distrital de Hacienda
Bogotá se prepara para realizar esta transición sin contratiempos.

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La Alcaldía Mayor de Bogotá, en cumplimiento de la ley 2381 de 2024, a partir del primero de julio de 2025, serán las entidades del Distrito las responsables de realizar el pago directo de los aportes a salud, pensión y riesgos laborales de sus contratistas, el cual podrá ser descontado de los honorarios que se pagan regularmente.  

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¿Qué implica para las entidades el nuevo esquema de pago de seguridad social para contratistas?

Las entidades del Sector Central, Fondos de Desarrollo Local y Establecimientos Públicos del Distrito deberán efectuar las deducciones correspondientes sobre los honorarios de los contratistas, previo acuerdo entre las partes, y realizar la debida ordenación del giro a través del pilar contributivo. Igualmente, deberán implementar ajustes en sus procedimientos internos para reportar y mantener actualizada la información que se requiera para la correcta liquidación y pago de las contribuciones parafiscales al Sistema General de Seguridad Social en pensiones.

¿Cuál es el papel de del Distrito y de Hacienda de Bogotá?

La Dirección Distrital de Tesorería, de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), adelanta mesas de trabajo con los operadores que realizan la liquidación y distribución de los aportes a las diferentes administradoras de la Seguridad Social, para facilitar este nuevo procedimiento mediante la implementación de planillas consolidadas por entidad distrital y no individuales por cntratista y generar las planillas a través de la plataforma dispuesta para el pago según lo ordenado, esto de acuerdo con la nueva disposición legal. 

Próximos pasos

Las entidades del Distrito deben implementar estos cambios en sus procedimientos internos para asegurar el correcto cumplimiento de las nuevas directrices. Se espera que esta transición se realice sin contratiempos, beneficiando tanto a los contratistas como a las entidades contratantes.

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¡Información clave!

  • Los contratistas del Distrito ya no tendrán que encargarse directamente del pago de su seguridad social.
  • Las entidades contratantes serán las encargadas de realizar las deducciones necesarias y reportar cualquier novedad, como la terminación o suspensión de contratos.

Procedimiento transitorio: Es importante señalar que, mientras el Ministerio de Trabajo no expida el decreto reglamentario y se establezca el procedimiento para la liquidación de las planillas, la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) no podrá brindar indicaciones sobre la ordenación de dichos pagos, pero si está preparada para cuando se oficialice la medida.

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*Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH). El artículo fue curado por un o una periodista de Portal Bogotá. Si tiene alguna sugerencia, observación o requiere más información de la nota publicada, puede realizarlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad o en Bogotá te Escucha en: https://bogota.gov.co/sdqs/