Salvoconducto único nacional en línea - SUNL Flora y Arbolado urbano
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
El Salvoconducto Único Nacional en Línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica (SUNL) es una autorización para movilizar dentro del territorio nacional especímenes de la diversidad biológica (flora); así como para su removilización y renovación.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud.
- Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
VIRTUAL
- CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
- El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
- Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
- Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.
La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:
- Observatorio ambiental de Bogotá: https://oab.ambientebogota.gov.co/.
- Observatorio regional ambiental y de desarrollo sostenible del río Bogotá: https://www.orarbo.gov.co/.
- Visor geográfico ambiental de Bogotá: https://visorgeo.ambientebogota.gov.co/.
Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.
- Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:
Corresponsal Ambiental:
- Twitter: @AMBcorresponsal.
- Facebook: http://www.facebook.com/SoyCorresponsalAmbiental.
- Instagram: @corresposal_ambiental.
- Proyecto de ciencia ciudadana participativa en naturalista Colombia: https://colombia.inaturalist.org/people/ corresponsalambiental.
Secretaría Distrital de Ambiente:
- https://www.tiktok.com/@ambientebogota.
- https://www.youtube.com/user/AmbienteBogota.
- https://twitter.com/Ambientebogota.
- https://www.instagram.com/ambiente_bogota/.
- https://www.facebook.com/AmbienteBogota/.
Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.
PRESENCIAL
HORARIO DE ATENCIÓN.
- SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
SEDE PRINCIPAL Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Realizar el pago por el concepto del SUNL en el autoliquidador.
La solicitud deberá tramitarse por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha que tenga programada la movilización.
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).
- Los productos sobre los cuales se solicita el salvoconducto deben estar ubicados dentro de la jurisdicción de la Secretaría Distrital de Ambiente.
- Salvoconducto Único Nacional en línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica (SUNL): documento que ampara la movilización, removilización y renovación en el territorio nacional de especímenes de la diversidad biológica, emitido por la autoridad ambiental competente, a través de la Ventanilla integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL).
- El presente trámite corresponde específicamente para autorizar el transporte de los especímenes de la diversidad biológica de: Flora silvestre en primer grado de transformación (Flora maderable obtenida de los permisos o autorizaciones de intervención de arbolado urbano), o flora silvestre no maderable.
En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.
"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."
¿Qué se debe hacer?
Cumplir con las condiciones establecidas:
- Se realiza la Solicitud de Verificación documental y visita SUNL de acuerdo al instructivo, Solicitud visita evaluación para expedición de SUNL flora y arbolado urbano.
- Estar registrado en la ventanilla virtual de la SDA.
- Estar registrado en la plataforma VITAL de acuerdo con el instructivo Registro de nuevos usuarios en la plataforma VITAL.
- Realizar la solicitud en la ventanilla virtual de la SDA en el módulo verde "Arbolado urbano, flora y fauna silvestre" y a continuación presionar en "Evaluación y expedición salvoconducto, flora y arbolado urbano".
- Diligenciar la información COMPLETA en el módulo, descargar y firmar el documento resultante.
- Realizar el pago por el concepto del SUNL en el autoliquidador y cargar el documento.
- Atender la visita del profesional de la SDA que evaluará las especies y cantidades a movilizar.
- Realizar la solicitud de expedición de SUNL en la plataforma VITAL de acuerdo con las indicaciones entregadas por el profesional que realiza la visita (Especies, cantidades, etc.).
- Dirigirse a la Secretaría Distrital de Ambiente a retirar el SUNL.
- Presentar el radicado de solicitud firmado por el representante legal para que le sea entregado el SUNL.
- Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
- En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
- Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
- Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear.
- Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
- Resolución 1072 de 2018 "Por la cual se modifica por la cual se modifica el artículo 34 de la Resolución 5589 de 2011, modificado por el artículo 7 de la Resolución 288 de 2012".
- Resolución 1909 de 2017, (Todos) “Por el cual se establece el Salvoconducto Único Nacional en Línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica”.
- Decreto único reglamentario 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
- Resolución 3074 de 2011 "Por la cual se delegan unas funciones y se deroga una resolución".
- Resolución 5589 de 2011 "Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental"
- Decreto 531 de 2010 "Por el cual se reglamenta la silvicultura urbana, zonas verdes y la jardinería en Bogotá y se definen las responsabilidades de las Entidades Distritales en relación con el tema y se dictan otras disposiciones."
- Resolución 3962 de 2009 "Por la cual se delegan unas funciones al subdirector de silvicultura, flora y fauna silvestre".
- Decreto 472 de 2003 "Por el cual se reglamente la arborización, aprovechamiento, tala, poda, trasplante o reubicación del arbolado urbano y se definen las responsabilidades de las entidades distritales en relación con el tema".
- Resolución 1029 de 2001 "Por la cual se fija el valor de los servicios de evaluación y seguimiento por la expedición del Salvoconducto Único Nacional para la movilización de especímenes de la diversidad biológica, y se dictan otras disposiciones".
- Decreto 1791 de 1996 "Por medio del cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal".
- Ley 99 de 1993"Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".
- Decreto 2811 de 1974 "Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente".
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