Legalización de las tornaguías
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Dar fe de que las mercancías amparadas con el certificado expedido han llegado a la entidad territorial de destino.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- (601) 3385319 Atención 8:00 a.m. a 4:30 p.m.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- Para el trámite de legalización de tornaguías, se deben enviar los documentos dirigidos al correo electrónico radicacionhaciendabogota@shd.gov.co
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEste trámite no tiene costo.
Al realizar el trámite, se obtiene la legalización del certificado único nacional que autoriza el transporte de mercancías. Si no se hace la legalización se informará vía mail al solicitante.
Se obtiene de forma inmediata.
Se puede hacer seguimiento a la solicitud en el aplicativo sistema infoconsumo, página web https://consumo.syc.com.co/decweb/ a las solicitudes generadas en este mismo aplicativo.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Estar registrado como contribuyente de impuesto al consumo, ante la Secretaria Distrital de Hacienda.
- Archivo digital de tornaguía de tránsito, tornaguía de movilización y/o tornaguía de reenvío según corresponda.
- Original de la factura (puede ser reemplazado por la relación de productos a transportar).
- Para productos de procedencia extranjera, adicionalmente debe presentar copia de la declaración ante fondo, cuenta y declaraciones en entidades territoriales según corresponda.
Decreto 3071 de 1997 , (Capítulo 1)
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