Indemnización sustitutiva pensión sobrevivientes
Entidad responsable
Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP
¿Qué es y para qué sirve?
Es una prestación que se entrega a los miembros del grupo familiar del afiliado que al momento de su fallecimiento no hubiese reunido los requisitos exigidos para la pensión de sobrevivientes.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas del día.
- Conmutador: +57 (601) 307 62 00, opción 2 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
- Línea gratuita: 018000 119 929, opción 2 - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
VIRTUAL
- Correo electrónico: servicioalciudadano@foncep.gov.co.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEl trámite no tiene ningún costo.
Reconocimiento de indemnización sustitutiva de pensión sobrevivientes.
Trámite que se obtiene en tres (3) meses.
Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP, Bogotá D.C.
- Dirección: Cra 6 # 14 – 98; Edificio Condominio Parque Santander, torre A, piso 2.
- Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 am – 4:00 pm (jornada continua).
SuperCADE CAD.
- Dirección: Cra 30 # 25 – 90.
- Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 am – 1:00 pm y de 2:00 pm – 4:30 pm. Sábados de 8:00 am – 12:00 m.
CADE Toberin.
- Dirección: Cra 21 # 169 - 62 - Centro Comercial Sttugar, local 118.
- Horario de atención: Lunes a viernes 7:00 am - 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm.
CADE Tunal.
- Dirección: Cra 24c # 48 - 94 Sur Centro Comercial Ciudad Tunal - Entrada 1 - locales 58, 59 y 60.
- Horario de atención: Lunes a viernes 7:00 am - 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm.
SuperCADE Suba.
- Dirección: Avenida Calle 145 # 103B - 90.
- Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 am – 1:00 pm y de 2:00 pm – 4:30 pm. Sábados de 8:00 am – 12:00 m.
Enviando solicitud al correo electrónico servicioalciudadano@foncep.gov.co.
A través de nuestro canal telefónico: Teléfono conmutador: +57 (601) 307 62 00, opción 2 - Línea gratuita: 018000 119 929, opción 2. - Horario de atención: Días hábiles de lunes a viernes - Jornada continua 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Reunir documentos y cumplir condiciones
- Diligenciar: Formato único solicitud pensional.
Descárguelo haciendo clic aquí↑
Se puede solicitar de manera presencial en los puntos de atención:
- Documentación general requerida para radicar la solicitud.
Conozca los documentos que necesita haciendo clic aquí↑
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- Si el reconocimiento se solicita a favor del esposo(a) del cotizante fallecido.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
- Si el reconocimiento se solicita a favor de hijos o hermanos inválidos.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
- Si el reconocimiento se solicita cuando el beneficiario actúa a través de curador, guardador o tutor.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
- Si el reconocimiento se solicita a favor del compañero(a) permanente del cotizante fallecido.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
- Si el reconocimiento se solicita a favor de los padres del cotizante fallecido.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
- Si el reconocimiento se solicita en caso de ser cumplimiento de fallo judicial.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
Presentar solicitud de manera presencial en cualquiera de nuestros puntos de atención.
Notificarse de la respuesta.
Presentar documento de identificación al momento de notificarse. Para el caso de los apoderados, el documento de identificación y tarjeta profesional.
Canal presencial y canal virtual.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Si el reconocimiento se solicita a favor de los hijos entre 18 y 25 años.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Si el reconocimiento se solicita a favor de los hijos entre 7 y 18 años.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Si el reconocimiento se solicita actuando a través de apoderado.
Conozca los documentos que debe entregar haciendo clic aquí↑
Tendrán derecho a recibir en sustitución una indemnización equivalente a la que le hubiere correspondido en el caso de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez.
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