Contribución por valorización
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Pago que recae sobre los propietarios o poseedores de aquellos bienes inmuebles por obras ejecutadas en cabeza de un departamento, distrito o municipio, según aplique.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Valorización (601) 338 66 60.
- Servicio a la ciudadanía: (601) 338 75 55 y (601) 341 22 14.
- Celulares: 350 664 7394 / 3505568899 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- Portal de Servicios de Valorización.
- Chat de valorización.
- Chat IDU.
- Formulario Web de radicación: https://www.idu.gov.co/page/radicacion-correspondencia.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónLa respuesta a este trámite es inmediata.
- En caso de realizar el pago por cuotas, la contribución por cuotas mensuales sin obtener descuentos, pagando un interés de financiación mensual, en los plazos que se aprueben para cada liquidación; las cuotas se fijarán.
- En los casos en que haya de operar la compensación, esta se aplicará en relación con el saldo de la deuda y la contribución de valorización que estarán regidas según políticas de recaudo de cada acuerdo de valorización.
- En los casos de realizar acuerdos de pago, pago de la primera cuota de la contribución, proveniente de facilidades o acuerdos de pago, en los plazos que se aprueben para cada liquidación; las cuotas se fijarán por el IDU.
- Si su predio no se encuentra dentro de las zonas de influencia a las cuales se ordena reasignar, el valor cancelado inicialmente será devuelto. Consulte Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido.
- Si su predio se encuentra dentro de las zonas de influencia a reasignar, el valor cancelado inicialmente será cruzado con lo que pagó en valorizaciones anteriores y será aplicado al nuevo valor a cancelar. Si el valor reasignado es mayor al valor cancelado, se le genera cuenta de cobro por el saldo. Si el valor reasignado es menor al valor cancelado, se le generará un valor a devolver.
- El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), expide de manera gratuita a los ciudadanos que lo soliciten el respectivo paz y salvo por concepto de valorización, documento requerido para trámites de escrituración pública en la transacción de inmuebles. Consulte Certificado de Estado de Cuenta para Trámite Notarial.
- Para obtener mayor información, consulte nuestro Portal de Valorización.
- En caso de ser requerido, consulte la normativa aplicable.
¿Qué se debe hacer?
1. Presentar el original de la cuenta de cobro de la contribución de valorización, la cual llega al predio, igualmente puede consultar en el Portal de Servicios en Línea de Valorización o se puede reclamar en la Sede Principal IDU y en los puntos de atención habilitados de la Red CADE.
2. Realizar el pago a través de Portal de Servicios en Línea de Valorización o en los bancos autorizados, los cuales se encuentran al respaldo de la factura: Banco de Bogotá, Davivienda, BBVA y Oficinas habilitadas Banco de Occidente.
- Tesorería del IDU, ubicada en la Sede Principal IDU con efectivo, cheque de gerencia o tarjetas crédito.
- Los puntos REVAL ubicados en los SuperCADE CAD y Engativá; los pagos que se realicen en estos puntos se aplican en línea y en los Puntos de pago habilitados.
- Realice su pago en la Página Web del IDU.
- Resolucion 2779 del 2020 “Por la cual se suspenden los términos de algunas actuaciones administrativas y contractuales en el Instituto de Desarrollo Urbano –IDU- por motivos de salubridad pública y ante la declaración de aislamiento preventivo obligatorio nacional”
- Resolución 10642 del 2019:"Por la cual se adiciona el numeral 6.1 del artículo 6° de la Resolución 6224 de diciembre 19 de 2018."
- Acuerdo 724 de 2018:"Por el cual se establece el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción de un plan de obras, y se dictan otras disposiciones"
- Acuerdo 665 de 2017“Por el cual se implementa en el Distrito Capital, el procedimiento para la aplicación de las condiciones especiales de pago que trata el artículo 356 de la Ley 1819 de 2016”.
- Acuerdo 523 del 8 de Julio de 2013"Por el cual se modifican parcialmente los acuerdos 180 de 2005, 398 de 2009, 445 de 2010 y se modifica y suspende el Acuerdo 451 de 2010 y se dictan otras disposiciones".
- Acuerdo 500 de 2012"Por el cual se modifica parcialmente el acuerdo 180 de 2005 que autoriza el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción de un Plan de obras modificado por los acuerdos 398 de 2009 y 445 de 2010".
- Acuerdo 445 del 25 de agosto de 2010 "Por el cual se modifica parcialmente el anexo 4 del acuerdo 180 de 2005 que autoriza el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción de un plan de obras, se modifica parcialmente el acuerdo 398 de 2009 y se dictan otras disposiciones."
- Acuerdo 398 del 26 de agosto de 2009 "Por medio del cual se modifica el acuerdo 180 de 2005 y se dictan otras disposiciones".
- Acuerdo 180 del 20 de Octubre de 2005 "Por el cual se autoriza el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción de un plan de obras".
- Resolución 283 del 2002. "Por la cual se fijan los procedimientos para el cobro de la diferencia a que se refiere el artículo 1º del Acuerdo 48 de 2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 8º del Acuerdo 25 de 1995".
- Acuerdo 48 del 22 de diciembre de 2001"Por medio del cual se modifica el acuerdo 9 de 1998".
- Acuerdo 08 del 2000. "Por el cual se modifican los artículos 93, 95, 96 y 105 del acuerdo 7 de 1987, estatuto de valorización del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones."
- Acuerdo 9 del 30 de julio de 1998 "Por el cual se modifica el Acuerdo 25 del 21 de diciembre de 1995".
- Ley 388 del 18 de julio de 1997 Artículo 126 "Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones".
- Ley 1607 de 2012 "Por el cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones"
- Acuerdo 22 del 16 de Octubre de 1996 "Por medio del cual se autoriza al Instituto de Desarrollo Urbano a reliquidar y reasignar la contribución de valorización por beneficio general ordenada en los acuerdos 16 de 1990, 14 y 31 de 1992, para los pequeños predios suburbanos agropecuarios".
- Acuerdo 25 del 21 de diciembre de 1995 "Por el cual se autoriza el cobro de la valorización por beneficio local para un conjunto de obras viales incluidas en el plan de desarrollo "Formar Ciudad" y se modifica el acuerdo 7 de 1987".
- Decreto 1421 de 1993"Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá".
- Acuerdo 31 del 7 de diciembre de 1992 "Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico y social de obra públicas de Santafé de Bogotá, Distrito Capital, para el periodo 1993 de 1995".
- Acuerdo 14 del 13 de octubre de 1992 "Por el cual se determina la financiación y contratación para el plan de obras Viales 1993 - 1994, se modifica parcialmente el Acuerdo 16 de 1990 y se dictan otras disposiciones".
- Acuerdo 16 del 18 de Octubre de 1990 "Por el cual se adiciona y modifica el Acuerdo 7 de 1987 y se desarrolla el concepto de Valorización por Beneficio General en el Distrito Especial de Bogotá".
- Acuerdo 7 del 24 de mayo de 1987 "Por el cual se adopta el estatuto de valorización del distrito especial de Bogotá".
- Decreto 1333 de 1986. "Por el cual se expide el Código de Régimen Municipal".
- Decreto 1604 de 1966 "Por el cual se dictan normas sobre valorización".
- Decreto 1394 de 1970 (1) "Por el cual se reglamentan normas sobre valorización"
- Ley 25 de 1921. "Por la cual crea el impuesto de valorización".
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