Certificación de Industrias Forestales
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
La certificación a industrias forestales es un instrumento de control para dar cumplimiento a lo requerido en la Resolución 1367 de 2000 (procedimiento para las autorizaciones de importación y exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listadas en los apéndices de la Convención CITES) y poder realizar la importación y/o exportación de productos de la flora, además de poder certificar el registro del libro de operaciones forestales y cumplir con las obligaciones detalladas en el Decreto 1076 de 2015 artículos 2.2.1.1.11.1 al 2.2.1.1.11.6 (De las industrias o empresas forestales).
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 -3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud.
- Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
VIRTUAL
- CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
- El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que, debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
- Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
- Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.
La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:
- Observatorio ambiental de Bogotá: https://oab.ambientebogota.gov.co/.
- Observatorio regional ambiental y de desarrollo sostenible del Río Bogotá: https://www.orarbo.gov.co/.
- Visor geográfico ambiental de Bogotá: https://visorgeo.ambientebogota.gov.co/.
Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.
Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:
Corresponsal Ambiental:
- Twitter: @AMBcorresponsal.
- Facebook: http://www.facebook.com/SoyCorresponsalAmbiental.
- Instagram: @corresposal_ambiental.
- Proyecto de ciencia ciudadana participativa en Naturalista Colombia: https://colombia.inaturalist.org/people/ corresponsalambiental.
Secretaría Distrital de Ambiente:
- https://www.tiktok.com/@ambientebogota.
- https://www.youtube.com/user/AmbienteBogota.
- https://twitter.com/Ambientebogota.
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- https://www.facebook.com/AmbienteBogota/.
Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.
PRESENCIAL
HORARIO DE ATENCIÓN.
SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
SEDE PRINCIPAL Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Ver puntos de Atención- Descargue la respuesta a su solicitud en la ventanilla virtual.
- En la ventanilla virtual, en la misma sección donde aparece el radicado de la solicitud, puede descargar la respuesta, ya sea la certificación o el oficio de negación de la misma, según cada caso.
La respuesta a su trámite será generada a los 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la entrega de la documentación completa.
"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."
¿Qué se debe hacer?
- Contar con Registro del libro de Operaciones y estar al día en el reporte de movimientos del libro de operaciones.
- Nota: Si no cuenta con el registro de libro de operaciones, debe ponerse al día antes de iniciar el trámite para que la documentación esté completa. Para consultar el trámite a realizar para el registro de libro de operaciones, ingrese en el link que se encuentra a continuación.
- https://bogota.gov.co/servicios/guia-de-tramites-y-servicios/registro-del-libro-de-operaciones-forestales.
- Ingrese con usuario y contraseña a la ventanilla virtual de la Secretaría Distrital de Ambiente. Si no cuenta con usuario, oprima la opción "Registro nuevo usuario"
- Una vez ingrese oprima la opción "Certificación Industrias Forestales", diligencie la información que le solicita el sistema y cargue la documentación requerida.
- Solicite la liquidación del recibo y realice el pago en la entidad bancaria.
- Puede generar el recibo de pago en la ventanilla virtual dando clic en la opción "Liquidador de costos por expedición de certificación de exportación e importación" o solicitarlo a través de nuestros canales de atención presencial, virtual o telefónico.
Medio | Detalle |
Telefónico | Fijo (57) (601) 3778899, Horario de atención: lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m. |
Web | |
Correo electrónico | |
Presencial | Presencial en los puntos de atención indicados por la institución |
El pago del recibo se realiza en cualquiera de las sucursales autorizadas del Banco de Occidente.
- Presentar información adicional en caso de requerirse.
- En caso de que el usuario no cuente con el reporte del libro de operaciones actualizado, o le haga falta algún documento, se le solicitará enviar los documentos a través de nuestros canales de atención. No se dará continuidad al trámite hasta no contar con la documentación completa.
- Decreto 1076 de 2015: Decreto Único reglamentario del sector ambiente Artículos 2.2.1.1.11.4 al 2.2.1.1.11.6.
- Resolución No. 1367 de 2000: "Por la cual se establece el procedimiento para las autorizaciones de importación y exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listadas en los apéndices de la Convención CITES".
- Resolución 454 de 2001: "Por la cual se reglamenta la certificación a la que alude el parágrafo primero del artículo 7o. de la Resolución número 1367 de 2000 del Ministerio del Medio Ambiente".
- Resolución 5589 de 2011 "Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental".
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