Asignación de cita para la prestación de servicios en salud

¿Qué es y para qué sirve?

Agendar, reprogramar o cancelar una cita de prestación de los servicios de salud de acuerdo con las necesidades del usuario.

TELEFÓNICO 

  • PBX (601) 328 2828 - Opción 2

(Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

Correo Electrónico

citas@subredcentrooriente.gov.co

Lunes a Viernes de 07:00 am - 04:00pm

 

Whatsapp

304 593 2561 / 302 340 5608

Lunes a Viernes de 07:00 am - 04:00pm

 


PRESENCIAL

Lunes a Viernes de 06:00 am - 04:00pm

Puedes agendar tu cita en los hospitales y centros de salud de nuestra Subred.

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Ver puntos de Atención

Cita agendada.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones establecidas:
    • Mayor de 18 años original de la cédula de ciudadanía o extranjería.
    • Orden médica.
    • Autorización de servicios, si es necesario.
  • Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
    • En caso de ser afiliado a una Entidad Promotora de Salud del régimen subsidiado: estar afiliado a la entidad promotora de salud - EPS del régimen subsidiado que tenga convenio con el hospital.
    • En caso de ser población vinculada: De acuerdo con la clasificación de grupos del sisbén, debe encontrarse en el grupo A B o en el C, y no estar afiliado a una entidad promotora de salud.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Menores de 18 años tarjeta de identidad.
  • Menores de 7 años, registro civil de nacimiento.
  • Asistir a la cita con 20 minutos de anticipación en el lugar, fecha y hora asignada, presentando el documento de identificación.
  • En caso de no poder asistir a su cita, realizar la cancelación con 24 horas de anticipación:

¿Qué se debe hacer?

Solicitar la cita, a través de los siguientes medios:

  • Presencial: Puedes agendar tu cita en los hospitales y centros de salud de nuestra Subred, en horario de Lunes a Viernes de 06:00 am - 04:00pm
  • Telefónico: PBX (601) 328 2828 - Opción 2
  • Virtual:  a través de correo electrónico: citas@subredcentrooriente.gov.co, en horario de Lunes a Viernes de 07:00 am - 04:00pm                                                          Línea de Whatsapp :  304 593 2561 / 302 340 5608, en horario de lunes a Viernes de 07:00 am - 04:00pm
  • Asistir a la cita en la fecha y hora programada, presentando los documentos anteriormente mencionados.
  • Realizar el pago de cota de recuperación (copago – cuota moderadora) establecida acorde al tipo de afiliación al sistema de salud.
  • Resolución 1552 de 2013 "Por medio de la cual  se reglamentan parcialmente los  artículos  123 y 124 del  Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras  disposiciones ".
  • Decreto Ley 019 de 2012(Artículos 123, 124) “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”.
  • Ley 1438 de 2011(Artículos 55, 139.8) “Por medio del cual se reforma el Sistema General de Seguridad en Salud y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 4747 de 2007“Por medio del cual se regulan aspectos de las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de la población a su cargo, y se dictan otras disposiciones”.
  • Ley 1122 de 2007 Por cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”.
  • Acuerdo 260 de 2004 “ Por el cual se define el régimen de pagos compartidos y cuotas moderadoras dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
  • Resolución 5261 de 1994(Artículo 5) “ Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.

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