Acceso a los servicios de regulación de la fecundidad (planificación familiar)
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
La regulación de la fecundidad es reconocida como una herramienta para mejorar la salud de mujeres, hombres, niños y niñas, dentro del ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, basados en los derechos humanos y, por tanto, tienen un carácter universal, interdependiente e indivisible. Sus dos principios fundamentales son:
El derecho a una atención que incluya el acceso regular a servicios seguros y de alta calidad para la salud sexual y reproductiva y el derecho a una autodeterminación reproductiva que incluye la planificación propia de la familia, la libertad en toma de decisiones reproductivas; a la integridad física y a no sufrir ningún tipo de violencia, discriminación ni coerción que afecte la vida sexual o reproductiva. Derecho a decidir si quedar embarazada o no. “La autonomía reproductiva es un derecho de las mujeres para decidir si desean o no quedar embarazadas. Si desean postergar o aplazar su embarazo porque consideran que no es el momento adecuado, pueden realizarlo mediante el uso de métodos anticonceptivos modernos. Si una mujer, sea niña, adolescente, joven o adulta, es obligada o coaccionada a tener relaciones sexuales o quedar embarazada, sería un caso de violencia sexual que debe ser atendido y denunciado por los servicios de salud, de acuerdo con el protocolo de atención a víctimas de violencia sexual (Resolución 459 del 2012).” ABECÉ sobre anticoncepción Ministerio de Salud y Protección Social.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 106 es atendida las 24 horas los 365 días del año por profesionales de psicología.
- Línea Púrpura.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
- (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m
Derechos que tienen los afiliados al acceder a este servicio:
- Asesoría en anticoncepción por parte de un profesional de la salud (medicina o enfermería entrenado y certificado), para elección libre, voluntaria e informada de un método moderno que se ajuste a las preferencias, condiciones y necesidades de la persona consultante.
- Acceso a consulta de primera vez en regulación de la fecundidad (planificación familiar) para ampliación de la información sobre métodos modernos existentes, valoración de su estado de salud y orientación para la libre elección del método con el que quiere planificar.
- Suministro de método anticonceptivo moderno elegido y controles periódicos de seguimiento para revisión de satisfacción con el método usado.
El usuario o usuaria puede escoger cualquiera de estos métodos anticonceptivos modernos disponibles:
- Implantes subdérmicos.
- Dispositivos intrauterinos.
- Inyectables.
- Píldoras.
- Métodos de barrera: condón de látex masculino y condón femenino.
- Anillo vaginal.
- Parche transdérmico.
- Esterilización masculina y femenina.
- Métodos hormonales (mujeres).
- Anticoncepción de emergencia.
Todas las personas tienen derecho a los siguientes métodos anticonceptivos dispuestos en el Plan de Beneficios en Salud (antiguo POS):
- Condón masculino de látex con doble propósito de anticoncepción y prevención de infecciones de transmisión sexual (ITS).
- Implante subdérmico de levonorgestrel de 75 miligramos (mujeres).
- Dispositivo intrauterino TCU 380 A (mujeres).
- Píldoras de anticoncepción de emergencia (levonorgestrel de 75 miligramos) (mujeres).
- Píldoras de lactancia materna (levonorgestrel de 0.03 miligramos mujeres).
- Píldoras de levonorgestrel y estrógeno (incluye todas las concentraciones disponibles) (mujeres).
- Píldoras de norentinedrona + etinilestradiol (incluye todas las concentraciones disponibles).
- Inyectable mensual y trimestral (mujeres).
- Anticoncepción definitiva para mayores de 18 años: Tubectomía (mujeres) y vasectomía (hombres).
Nota: El implante subdérmico de etonorgestrel de 68 mg, no está incluido en el Plan de Beneficios en Salud colombiano; sin embargo, teniendo en cuenta lo señalado en el Artículo 132 Res. 5521 de 2013, podría ser entregado por las instituciones aseguradoras y prestadoras de servicios de salud si el valor es igual o menor al incluido en el Anexo 01 de la Resolución 5926 de 2014.
Las atenciones en salud incluidas en la Ruta Integral de Atención para la Promoción y el Mantenimiento de Salud, son brindadas a través del Plan de Beneficios en Salud al cual se encuentra afiliado en la EPS o EAPB. Estas atenciones son gratuitas y están disponibles para todas las personas y se determinan según el curso de vida e incluyen atenciones para salud sexual y reproductiva, puede acceder a:
- Consulta de detección de alteraciones por profesional de medicina.
- Asesoría en salud sexual y reproductiva - individual.
- Consulta de control por profesional de enfermería.
- Consulta de primera vez y controles en planificación familiar, incluye entrega de métodos modernos de anticoncepción incluidos en los Planes de Beneficio (Acuerdo 008 de 2009 de la CRES).
- Entrega de métodos de regulación de la fecundidad.
- Anticoncepción de emergencia.
- Consulta de control prenatal para gestantes adolescentes y jóvenes.
- Atención en salud oral.
- Asesoría pre test y post test para prueba de VIH (población no asegurada).
- Asesoría en nutrición (población no asegurada).
- Consulta de optometría.
- Pruebas para la detección temprana de riesgos
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