La Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) desmiente información falsa e inexacta que se ha difundido sobre la asignación de pasajes gratis en TransMilenio y aclara los criterios de focalización, priorización y asignación del número de pasajes entre la población beneficiaria.
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Se ha dicho que la priorización no favorece a las personas con discapacidad y, que incluso, la nueva regla de focalización incumple el Acuerdo Distrital 484 de 2011. Ambas afirmaciones son falsas o en el mejor de los casos inexactas.
Roberto Angulo, secretario de Integración Social aseguró: “Es todo lo contrario, el programa mejora la focalización del beneficio de transporte, teniendo en cuenta en su priorización y asignación del número de pasajes en los criterios de discapacidad, vejez y pobreza”.
La focalización y asignación de cargas de pasajes gratis sigue los siguientes principios:
- Importan las condiciones de vulnerabilidad, como la discapacidad o la vejez, al tiempo que el nivel socioeconómico y de pobreza.
- Los más pobres siempre reciben más pasajes, cualquiera que sea el grupo poblacional.
Las personas con discapacidad reciben más pasajes que las personas mayores y que el resto de la población en situación de pobreza. Además, dentro del grupo de las personas con discapacidad, los más pobres reciben más pasajes.
Así las cosas, de acuerdo con la tabla de asignación de pasajes gratis, el grupo poblacional más favorecido es el de personas con discapacidad. Mientras que una persona con discapacidad que, al tiempo, está en situación de pobreza extrema recibe 12 pasajes gratis, una persona mayor en la misma condición recibe 8, y el resto de los pobres extremos reciben 7, y así sucesivamente para cada nivel socioeconómico.
Además, la Secretaría Distrital de Integración Social aclara que los ajustes realizados al programa y la expedición del Decreto 031 de 2025 no contradice el Acuerdo Distrital 484 de 2011. Todo lo contrario, la regla de focalización fue diseñada teniendo en cuenta los lineamientos de este acuerdo.
Primero, el Acuerdo 484 de 2011 establece un rango de beneficio y la entidad lo está cumpliendo, la regla de asignación establece un descuento de 40 % sobre un rango de pasajes que oscila entre 2,5 y 30 pasajes, dependiendo del nivel de Sisbén de las personas con discapacidad. La regla no contradice el acuerdo porque este lo que define es un tope de descuento sobre 50 pasajes, al que podemos avanzar conforme la restricción presupuestal.
Segundo, contrario a la información falsa o inexacta difundida en estos días, el uso del Sisbén en la asignación del beneficio de transporte para la población con discapacidad, aspecto que Integración Social considera técnicamente correcto, no es una idea original del Gobierno Distrital, sino una prescripción del mismo acuerdo, según el cual “Se aplicarán como referencia los resultados de la encuesta para el Sistema de Selección de Beneficiarios para Programas Sociales (Sisbén)”.
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La focalización, priorización y asignación de cargas del programa de pasajes gratis busca la igualdad de oportunidades en Bogotá, y para ello sigue un criterio de equidad, no solo considera más pasajes para las personas con discapacidad, sino que también aplica la regla de progresividad de más pasajes gratis para los más pobres. “Esta última regla, que parece incomodar a algunos, es innegociable en las transferencias de Integración Social, solo avanzamos hacia la equidad si asignamos más beneficio a aquellos que están en mayor desventaja”, concluyó el secretario.