El próximo 27 de febrero, que será el día del sorteo 2783, se realizará un lanzamiento adicional del premio mayor y los premios secos, lo que generará un número de cuatro cifras, seguido de una serie de tres cifras, una vez el comprador acierte el número con serie, será ganador del premio correspondiente.
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El Carnaval de Premios contará con la siguiente dinámica:
- En el lanzamiento adicional para el sorteo ordinario núm. 2783 se sorteará un bono. El valor del bono, incluidos impuestos, es de cien millones de pesos moneda corriente ($100.000.000).
Adicionalmente, el Plan de Premios sustituto refiere que cuando el cliente no haya adquirido el billete completo, y acierte el resultado del lanzamiento adicional, se hará acreedor de un premio sustituto. Este corresponde a un bono de compra de veinte millones de pesos m/cte. ($20.000.000) por cada fracción comprada.
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La actividad promocional se regirá por la siguiente mecánica:
El cliente al comprar un billete, a través de los canales habilitados y autorizados por la Lotería de Bogotá, del sorteo relacionado en el presente reglamento, participará en el sorteo del premio descrito en el plan de premios correspondiente a esta mecánica.
1. Se realizará un lanzamiento adicional por cada premio del plan de premios, al finalizar los lanzamientos del premio mayor y de los premios secos. El lanzamiento será transmitido en vivo y en directo.
2. Será ganador del premio la persona que haya adquirido el billete completo del sorteo correspondiente y que acierte con el resultado del lanzamiento adicional respectivo. Para lo cual el número y serie impresos en el billete debe ser igual al del resultado del lanzamiento respectivo.
3. La reclamación de cualquiera de los premios, que hacen parte de esta mecánica, deberá realizarse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la realización del sorteo respectivo. Pasado este tiempo sin que haya sido reclamado el premio, se perderá el derecho sobre el mismo.
4. Para realizar la reclamación del premio, el ganador deberá, directamente en la Lotería de Bogotá, hacer entrega de los siguientes documentos:
Billete original, debidamente diligenciado en el respaldo.
Copia del documento de identidad.
Formato de identificación de ganadores debidamente diligenciado con firma y huella en original.
Certificación de cuenta bancaria.
Autorización para que la Lotería de Bogotá realice el pago del premio en la cuenta certificada.
5. Validada la información allegada por el ganador, la organizadora, dentro de los treinta (30) días siguientes, consignará el valor equivalente al bono a la cuenta bancaria señalada en la certificación bancaria respectiva. Los costos no contemplados en este reglamento, que se lleguen a generar, serán asumidos por el ganador.
6. El ganador asumirá los costos de desplazamiento para reclamar el premio.
7.La Lotería de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.2.5.1 del Decreto 1625 de 2016, aplicará retención en la fuente por ganancia ocasional cuando el valor del premio sea superior a 48 UVT.
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Invitamos a todos los clientes de la Lotería de Bogotá, a seguir jugando de forma legal y así contribuir al sistema de salud.
Todos los detalles del Sorteo especial 2783 del 27 de febrero, y los sorteos 2784 y 2785 del 6 y 13 de marzo respectivamente, los podrás consultar ingresando aquí.