¡Ojo! 21 de marzo vence el plazo para declarar y pagar ReteICA primer bimestre

14·MAR·2025
La Secretaría de Hacienda de Bogotá advierte sobre sanciones si no se cumple con la retención.
El 21 de marzo vence el plazo para declarar y pagar ReteICA en BogotáFoto:Secretaría Distrital de Hacienda
El pago del segundo bimestre (marzo y abril) está programado para el 23 de mayo de 2025, según el calendario tributario.

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¡Cúmplele a ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ con el pago de impuestos en este 2025! La Secretaría Distrital de Hacienda informa a todos los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que deben cumplir con la retención correspondiente al primer bimestre del año gravable 2025. Los contribuyentes tienen hasta el 21 de marzo de 2025 para declarar y pagar su obligación. Después de esta fecha, se aplicarán sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

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¿Qué es la retención del ICA?

La retención del ICA es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de Industria y Comercio, que obliga a los agentes de retención autorizados por la administración distrital a descontar el impuesto correspondiente a las transacciones comerciales gravadas con el mismo.

Agentes retenedores: Personas naturales o jurídicas autorizadas por la administración para aplicar retenciones que se efectuarán en el momento del pago o abono en cuenta por actividades industriales, comerciales o de servicios, gravadas con el impuesto.

¿Quiénes son agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio?

  • Entidades de derecho público. 
  • Quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
  • Los designados como agentes de retención del impuesto de Industria y Comercio mediante la resolución DDI-000305 del 16 de enero de 2020, expedida por la Dirección Distrital de Impuestos.
  • Intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas en las que se genere la retención del impuesto de Industria y Comercio, de acuerdo con lo que defina el reglamento.

¿Cuáles son las obligaciones de un agente de retención del impuesto de Industria y Comercio?

Según el artículo 13 del Acuerdo 65 de 2002, los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio deberán cumplir con la expedición anual de un certificado de retenciones que contendrá los siguientes datos:

  • Año gravable y ciudad donde se consignó la retención.
  • Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor.
  • Dirección del agente retenedor.
  • Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o entidad a quien se le practicó la retención.
  • Monto total y concepto del pago sujeto a retención.
  • Concepto y cuantía de la retención efectuada.
  • La firma del pagador o agente retenedor.

Proceso de declaración y pago

Declaración y pago: Los contribuyentes deben ingresar a Pagos Bogotá para realizar el pago a través del botón PSE o mediante transferencia bancaria ingresando a Icareteica.

También pueden optar por descargar su declaración para realizar el pago de forma presencial en las entidades bancarias autorizadas.

Próximo plazo: El pago del segundo bimestre (marzo y abril) está programado para el 23 de mayo de 2025, según el calendario tributario.

Importancia de la retención

La retención del ICA no solo asegura una recaudación continua de impuestos, sino que también facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes. Al descontar el impuesto en el momento de la transacción, se simplifica el proceso y se minimizan los riesgos de incumplimiento.

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Para resolver inquietudes, en ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ desde Hacienda Bogotá tiene habilitados sus canales de orientación al ciudadano en los que los contribuyentes podrán ser asistidos con sus dudas. La recomendación especial son los dos nuevos Puntos de Atención Especializada en:

  • Usaquén: Carrera 19 N.° 114 - 65 Local 3
  • Plaza de las Américas: Carrera 71D N.° 6 - 94 Sur, locales 1132 y 1134.