¡Ojo! Hasta el 25 de abril hay plazo para pagar el predial con 10 % de descuento

16·ABR·2025
Los ciudadanos están invitados a realizar el aporte voluntario del 10% adicional, para apoyar proyectos clave para el desarrollo de Bogotá.
Pago impuesto predial en Bogotá hasta 25 de abril con descuentoFoto: Secretariá Distrital de Hacienda
El próximo 25 de abril vence el plazo para pagar el impuesto predial con el 10 % de descuento por pronto pago.

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¡Cúmplele a Bogotá, mi Ciudad, mi Casa con el pago de impuestos en este 2025! El pago del impuesto predial en Bogotá no solo es una obligación legal, sino también una herramienta fundamental para el desarrollo y sostenibilidad de la ciudad. A través de este impuesto, se financian servicios y proyectos que benefician a toda la comunidad, haciendo de su cumplimiento una responsabilidad compartida entre todos los ciudadanos.

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En ese sentido, la Secretaría Distrital de Hacienda ha planteado diferentes alternativas para facilitar el pago de los contribuyentes:

  • Del 21 al 25 de abril se realizará en el Movistar Arena, la Gran Feria de Servicios de Hacienda Bogotá, entre las 7 a. m. y las 4 p. m. en jornada continua.
  • Para la vigencia 2025, la Secretaría de Hacienda generó el 99 % de las facturas del impuesto predial y las envió en físico a los domicilios registrados. Adicionalmente, puso a disposición esta información en el botón ‘Pagos Bogotá’ del sitio web oficial, para facilitar el cumplimiento de esta obligación tributaria.
  • En total se emitieron 2.795.035 facturas, y solo 22.301 predios no cuentan con este documento para cumplir con su obligación.

¿Qué deben hacer los contribuyentes para obtener su factura?

Pueden ingresar al botón Pagos Bogotá, hacer clic en el enlace ‘Pago en línea predial 2025’ y descargar la factura. Una vez cuenten con el documento, pueden pagar su impuesto de forma presencial en las entidades financieras autorizada por la Secretaría de Hacienda o en línea. Si el predio tiene varios copropietarios, se recomienda realizar la consulta con el número de documento de cada uno.

Si no puede obtener la factura en línea, debe validar alguna de las siguientes situaciones:

  • El predio es nuevo, sin CHIP y no tiene factura. Debe ingresar al sitio web de Hacienda y generar la declaración con este paso a paso. Si no puede hacerlo en línea, puede acudir a un punto de atención presencial.
  •  El predio tiene una exención parcial, presenta mejoras o tiene información incompleta. En esos casos, el contribuyente debe hacer la declaración a través de la Oficina Virtual. Si no puede hacerlo por este canal, puede acercarse a un punto presencial de la Secretaría.                                                                                                    
  •  El predio fue adquirido mediante la modalidad de leasing, fideicomiso o administración de patrimonio autónomo. Puede descargar su factura en el sitio web ingresando el NIT de la entidad financiera o número de identificación del fideicomitente o beneficiario. 

Además de los canales virtuales, la ciudadanía dispone de distintos puntos de atención presencial para realizar sus trámites:

Puntos de Atención Especializada

De lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 6:00 p. m., y sábados, de 8:00 a. m. a 12:30 m.

  • Carrera 19 N.° 114 - 65 Local 3
  • Carrera 71D N.° 6 - 94 Sur Centro Comercial Plaza de las Américas, locales 1132 y 1134

Red CADE

De lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 4:30 p. m., y sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m.

  • 20 de Julio: Carrera 5A N.° 30C-20 Sur
  • Américas: Avenida carrera 86 N.°. 43-55 Sur
  • CAD: Carrera 30 N.° 25-90, torre B
  • Suba: Calle 145 N.° 103B-90
  • Bosa: Calle 57R Sur N.° 72D-12
  • Manitas: Carrera 18L N.° 70B-50 Sur
  • Calle 13: Avenida Calle 13 N.° 37 – 35
  • Engativá: Trasversal 113B N.° 66 – 54 

Todos los trámites ante la Secretaría de Hacienda son gratuitos. Se recomienda no acudir a tramitadores.

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Aquí sí pasa porque en Bogotá, pagar impuestos es fácil y vale la pena. La ciudad ofrece múltiples canales digitales y presenciales que facilitan el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por La Secretaría Distrital de Hacienda https://www.haciendabogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.