Obtén el estado de cuenta de tu impuesto predial unificado y ponte al día en los pagos

8·MAR·2014
La Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá tiene a disposición de los bogotanos los SuperCADE: Américas, Bosa, CAD, Calle 13, 20 de Julio, Engativá ...
Si eres contribueyente, ponte al día con el pago de impuestos con la Secretaría Distrital de Hacienda
Módulo móvil de la Secretaría Distrital de Hacienda - Foto: Secretaría Distrital de Hacienda

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La Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá tiene a disposición de los bogotanos los SuperCADE: Américas, Bosa, CAD, Calle 13, 20 de Julio, Engativá y Suba, para que los ciudadanos interesados en solicitar el estado de cuenta de impuesto predial unificado puedan obtenerlo de manera inmediata. El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.

Para realizar el trámite, puedes comunicarte con la Línea 195; agendar una cita y tomar el turno correspondiente en el módulo de información del SuperCADE. En el mismo punto de atención, puedes pagar tu impuesto predial, a través de los bancos con presencia en la Red CADE. También, puedes consultar tu estado de cuenta a través de la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda. Debes tener a la mano: el chip, placa o NIT para consultar.

El estado de cuenta es un documento donde está toda la información real sobre la situación fiscal del contribuyente acerca de si está o no al día en el pago de su impuesto de cada año gravable del predio.

Si eres persona natural:
Presenta el original o fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería.

Si eres persona jurídica:

  1. Presenta el NIT.
  2. Copia de la matrícula mercantil, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a 90 días. Este trámite lo puedes hacer en línea.

Si el trámite lo realiza un tercero, deberá estar autorizado por quien corresponda aportando los siguientes requisitos:

Si eres persona natural:

  1. Carta de autorización firmada por el contribuyente (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  2. Fotocopia del documento de identificación del contribuyente.
  3. Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

Si es persona jurídica:

  1. Carta de autorización firmada por representante legal (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  2. Fotocopia del documento de identificación del representante legal.
  3. Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a 90 días.
  4. Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

De manera inmediata, el solicitante recibirá un documento informativo de las declaraciones y pagos de cada año gravable que ha presentado el propietario o poseedor.