Los gimnasios estarán exentos de la medida de pico y cédula en Bogotá desde el 3 de febrero de 2021. Así lo establece el decreto 039 del 2 de febrero de 2021.
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El parágrafo E del artículo cinco de dicho decreto establece que el pico y cédula no aplicará para: "Las actividades realizadas en hoteles y servicios de hospedaje, los establecimientos de la industria gastronómica, los gimnasios, así como lugares recreativos, turísticos, religiosos y culturales de Bogotá D.C., tales como, parques, museos, cines, teatros, entre otros".
De igual manera los gimnasios, al igual que los responsables de las otras actividades exentas del pico y cédula, serán los "responsables de que las actividades descritas anteriormente deberán cumplir a cabalidad con el control de aforo y los respectivos protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social", indica el mismo decreto del 2 de febrero.