Más de $100 mil pagarán de multa por violar normas ambientales

9·NOV·2014
Romper bolsas de basura, arrojar residuos desde vehículos y abandonar desechos de animales son algunas de las infracciones ambientales que serán multada...

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Romper bolsas de basura, arrojar residuos desde vehículos y abandonar desechos de animales son algunas de las infracciones ambientales que serán multadas en Bogotá, además de la citación al infractor para que reciba educación ambiental durante cuatro horas, la prestación de un día de servicio social o la cancelación de licencias en el caso de establecimientos comerciales.    

Si la infracción contra el medio ambiente es cometida por una empresa o una persona jurídica, la multa será entre los 3.080.000 y 12.320.000 de pesos, dependiendo la gravedad y reincidencia de la falta.

El decreto también estípula que serán sancionados quienes saquen sus bolsas de basura para la recolección en los horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio, o que no utilicen los recipientes que están dispuestos para recolectar los residuos.

Las personas que arrojen basura desde sus vehículos ya sea automotor o de tracción animal a las vías públicas o parques, también serán responsables de infringir las normas ambientales y recibirán multa.

Por su parte quienes rompan, rasguen, destapen, destruyan  o quemen las bolsas de basura o los recipientes donde se recolectan los residuos, sin autorización alguna, serán multados, así como quienes no separen lo residuos reciclables de los no reciclables.

De igual manera, dejar los desechos de los animales o mascotas en prados o sitios no adecuados, sin la recolección debida, así como hacer la limpieza de cualquier objeto en vías públicas, causando acumulación de residuos, son causales de sanción y multa.

También son infractoras las personas que depositen en las bolsas de recolección de basura partes de animales muertos, diferentes a los residuos que quedan de los alimentos.

Así mismo, acarreará multas y sanciones la disposición de escombros o residuos sólidos en sitios de uso público, así como arrojarlos en espacio público o en sitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras estructuras de servicios públicos, entre otros.

“Arrojar escombros o residuos sólidos a humedales, páramos, fuentes de agua y bosques, entre otros ecosistemas, almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas, realizar quema de residuos sólidos y/o escombros sin los controles y autorizaciones establecidos por la normatividad vigente”, señala el decreto.


En cuanto a las industrias o establecimientos comerciales, serán multados quienes dispongan desechos industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados por autoridad competente. También serán sancionados quienes dificulten la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros.

La multa se determina por la gravedad de la infracción y contempla por un lado la falta y por el otro la reiteración a la misma, por lo que establece que para quienes infrinjan por primera vez la norma, la multa será de hasta 205 mil pesos para ciudadanos y $ 6.160.000 para empresas o personas jurídicas, y al reincidir en la misma infracción, la multa crecerá a 308 mil para ciudadanos y $ 9.240.000 para empresas.

“Multa hasta por dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, si es cometida por una persona natural, multa entre cinco (5) y veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción cometida por una persona jurídica”, señala el decreto.


Finalmente, si el infractor es reincidente en la misma conducta, se dará el sellamiento de inmuebles, o la suspensión o cancelación del registro o licencia, en el caso de establecimientos de comercio, edificaciones o fábricas.

Es importante recordar que si un ciudadano necesita la recolección de hasta un metro cúbico de escombros no tiene ningún costo, sólo es necesario llamar a la línea 110 y solicitar el servicio. En caso de que el volumen sea superior, tendrá un costo adicional que se puede consultar en la página web http://www.aguasdebogota.com.co