Cambio de tarifa de servicios públicos

¿Qué es y para qué sirve?

Entregar por parte de los usuarios al concesionario los documentos que evidencien que el predio se encuentra desocupado para así acceder al descuento.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Conmutador 358 04 00.
  • Fax: 358 04 00 Ext. 1322.
  • Línea 110.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Esta solicitud se debe presentar al concesionario cada dos meses, en caso de que el predio continúe desocupado.

El concesionario revisa los soportes que evidencien que se puede aplicar el descuento por predio desocupado.

  • Ajusta la tarifa del suscriptor.
  • Emite respuesta al usuario.
  • Notifica respuesta al usuario.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Acreditar ante la persona prestadora del servicio la desocupación del inmueble, para lo cual el solicitante debe presentar al menos uno (1) de los siguientes documentos:

  • Factura del último período del servicio público domiciliario de acueducto, en la que se pueda establecer que no se presentó consumo de agua potable.
  • Factura del último período del servicio público domiciliario de energía, en la que conste un consumo inferior o igual a cincuenta (50) kilowatts/hora-mes.
  • Acta de la inspección ocular al inmueble por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo, en la que conste la desocupación del predio.
  • Carta de aceptación de la persona prestadora del servicio público domiciliario de acueducto de la suspensión del servicio por mutuo acuerdo.

En caso de ser requerido, consulte la normativa aplicable.

  • Resolución CRA 351 de 2005, Artículo 37 "por la cual se establecen los regímenes de regulación tarifaria a los que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo y la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios y se dictan otras disposiciones".

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