Solicitud de información, quejas y reclamos ante la Contraloría

Entidad responsable

Contraloría de Bogotá

¿Qué es y para qué sirve?

Estudiar y resolver peticiones y sugerencias de la comunidad relacionadas con irregularidades donde esté comprometido un servidor público o particular que maneje bienes o fondos distritales o ante la mala prestación de un servicio o deficiencia en las funciones a cargo de una entidad.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • 601 3 35 88 88 lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
  • Línea 195, lunes a domingo, 24 horas al día.

Radicar el documento en uno de los siguientes canales de atención: 

VIRTUAL

  • Correo electrónico: escribir a la cuenta controlciudadano@contraloriabogota.gov.co
  • Virtual: ingresar a la página de la Contraloría de Bogotá.

PRESENCIAL

Presencial: acercarse a uno de los siguientes puntos de atención:

Ver puntos de Atención
  • Este servicio no tiene costo.
  • El interesado recibirá como respuesta un oficio en el que se informa el procedimiento otorgado y un oficio donde se describe el avance resultado final del proceso.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Redactar un oficio dirigido a la Contraloría de Bogotá, describiendo claramente la queja, reclamo o petición, anexando documentos probatorios, en caso de tenerlos.
  • El interesado recibirá como respuesta un oficio en el que se informa el procedimiento otorgado y un oficio donde se describe el avance resultado final del proceso.
  • Todas las peticiones tienen validez de forma anónima, personal, telefónica, vía fax, verbal, escrita o por Internet.
  • Ley 1755 de 2015"Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo".
  • Resolución Orgánica 5500 de 2003 "Por la cual se determina la competencia para el conocimiento y trámite de la acción de responsabilidad fiscal en la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones".