Prima técnica - reconocimiento o reajuste

¿Qué es y para qué sirve?

La prima técnica es un reconocimiento al nivel de formación técnica científica de sus titulares y se establece exclusivamente para aquellos cargos cuyas funciones demanden conocimientos calificados.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo alguno.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Título profesional (Obligatorio por primera vez cuando se trate de reconocimiento) (Fotocopia).
  • Certificación de terminación de materias (Opcional).
  • Título, especialización, postgrado, máster, título universitario adicional o de licenciatura, (No inferior a un año), certificados de capacitación expedida por autoridad competente, que registren que el peticionario "cursó y aprobó" los respectivos estudios, el total de la intensidad horaria y fecha de realización.
  • Certificaciones laborales de otras entidades que indiquen: cargo desempeñado, funciones, fecha de inicio y finalización.

Solo podrá ser reconocida a funcionarios que desempeñen de tiempo completo y al momento de la solicitud, cargos en los niveles directivo, ejecutivo y profesional.

Certificados de asistencia o participación no se pueden tener en cuenta.

Cuando se anexa título o diploma de especialización o postgrado, se reconoce el porcentaje máximo autorizado por este concepto (12,5% o 16.0%) y no necesita adjuntar certificados de otros estudios.

Los títulos de educación superior realizados en el exterior, deben cumplir los requisitos de ley para la validez de documentos otorgados en el extranjero, por lo tanto, deben adjuntar Resolución expedida por el Ministerio de Educación, sobre la correspondiente convalidación.


 ¿Qué se debe hacer?

  1. Diligenciar el Formato Único Trámites de Funcionarios, de acuerdo a su solicitud.
  2. Anexar los documentos.
NormaDescripción

Decreto 471 de 1990

Por el cual se unifica la reglamentación de la prima técnica en las dependencias de la Administración Central del Distrito Especial de Bogotá

Decreto 320 de 1995

Por el cual se reglamenta el reconocimiento y pago de la prima técnica para los niveles directivo, ejecutivo y profesional de la Administración Central del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá

Decreto 243 de 1999

Por el cual se reglamenta la prima técnica para la Administración Central del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones

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