Préstamo bibliotecario
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Préstamo de material bibliográfico y otros como materiales audiovisuales, informáticos y similares.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- 601 323 9300 Ext. 1421 lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- Chat Bibliotecas: http://sistemadebibliotecas.udistrital.edu.co:8000 horario de atención 7:00 a.m. a 9:00 p.m.
- Correo electrónico: atencion@udistrital.edu.co.
- reclamos@udistrital.edu.co.
- Chat Institucional: https://www.udistrital.edu.co/ icono inferior izquierdo lunes a viernes 08:00 a.m. a 05:00 p.m.
PRESENCIAL
- Facultad de ciencias y educación - Sede Macarena A Universidad Distrital.
- Facultad de Artes - Academia Superior de Artes de Bogotá ASAB Universidad Distrital.
- Facultad de ingeniería Universidad Distrital.
- Facultad tecnológica Universidad Distrital.
- Facultad de medio ambiente y recursos naturales Universidad Distrital - Sede Vivero.
- Facultad de ciencias y educación - Sede Postgrados Universidad Distrital.
- Sede Aduanilla de Paiba - Biblioteca Ramón D´Luyz Nieto Universidad Distrital.
Para el pago de multas: No se tiene información de pago en línea, por esta razón el mismo, se debe realizar directamente en el Banco de Occidente en la cuenta de ahorros No. 230-81461-8, código 070.
Como resultado se obtiene el préstamo bibliotecario.
En un término de 1 hora.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Reunir los documentos y cumplir las condiciones:
- El estudiante debe estar activo para poder realizar la solicitud.
- Presentar carné institucional original que acredite al usuario como estudiante de la universidad.
- Diligenciar formato, el cual está disponible en todas las bibliotecas de la universidad, el usuario identificará los elementos de búsqueda del material a solicitar.
En caso de préstamo interbibliotecario:
- Radicar carta de solicitud o formato de préstamo interbibliotecario en el que se especifiquen los datos del material bibliográfico: nombre, autor y número topográfico, y los datos del usuario: nombre, número de documento o código del estudiante y el programa académico al cual pertenece.
En caso de préstamo a domicilio:
El tiempo de préstamo del material bibliográfico será por un periodo de cinco (5) días hábiles en las bibliotecas de las facultades, con excepción a la biblioteca Ramón D´Luyz Nieto (Aduanilla de Paiba) en la que el tiempo es de ocho, 8 días hábiles.
En caso de préstamo en sala:
El tiempo de préstamo del material bibliográfico será por un periodo de entre dos (2) y cuatro (4) horas en las bibliotecas de las facultades, con excepción de las bibliotecas: Ramón D´Luyz Nieto (Aduanilla de Paiba) y Facultad de Ciencias y Educación (Sede Macarena A) en las que el tiempo es ilimitado.
En caso de préstamo interbibliotecario:
El tiempo de préstamo del material bibliográfico dependerá del convenio existente entre la Universidad Distrital Francisco José de Caldas y las bibliotecas de las diferentes universidades.
¿Qué se debe hacer?
Préstamo virtual.
El sistema de bibliotecas de la Universidad Distrital ofrece el acceso 7/24 para la consulta de los recursos electrónicos, catálogo en línea, repositorio institucional (RIUD), entre otros servicios, a través de su página web http://sistemadebibliotecas.udistrital.edu.co:8000/ o en los siguientes enlaces específicos:
- BDIGITAL acceso a consultar las colecciones contenidas en las bases de datos.
- CATÁLOGO acceso a consultar las colecciones en físico de las diferentes bibliotecas (sedes de la universidad).
- RIUD acceso a consultar los trabajos de grado incluidos en el repositorio institucional.
Préstamo presencial.
- Reunir los documentos y cumplir las condiciones.
En caso de préstamo interbibliotecario:
Entregar los documentos en la biblioteca correspondiente.
- Debe inspeccionar los materiales antes de retirarlos de la ventanilla de préstamo, para constatar el estado en que se encuentran.
- Una vez retirado el material, el lector se responsabiliza de su estado y se someterá a las sanciones que le sean impuestas.
- Ley 1379 de 2010, “Por la cual se organiza la red nacional de bibliotecas públicas y se dictan otras disposiciones”.
- Decreto 1860 de 1994, (Artículo 42) “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales”.
- Ley 30 de 1992, (Artículo 108) “Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior”.
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