Establecimiento de acuerdo de pago.

¿Qué es y para qué sirve?

Conciliación el pago de la obligación hipotecaria que se encuentra en mora, pagando cuotas adicionales a la cuota normal del crédito, en un periodo determinado.

Este trámite se puede realizar en cualquiera de los puntos de atención del Fondo Nacional del Ahorro a nivel nacional.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
  • Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
  • #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
  • Línea 195 desde Teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • WhatsApp: 321 3213441.
  • Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • www.fna.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite es gratuito.

Para poder realizar acuerdo de pago, el deudor debe tener una mora de 3 a 6 cuotas vencidas para crédito de vivienda y una mora de 2 a 4 cuotas vencidas para crédito educativo.

Conciliación el pago de la obligación hipotecaria que se encuentra en mora, pagando cuotas adicionales a la cuota normal del crédito, en un periodo determinado.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • El deudor debe demostrar capacidad de pago, de acuerdo con la reglamentación del Fondo Nacional del Ahorro.
  • Tener una mora de 3 a 6 cuotas vencidas para crédito de vivienda y una mora de 2 a 4 cuotas vencidas para crédito educativo.
  • Demostrar por parte del deudor capacidad de pago, de acuerdo con la reglamentación del Fondo Nacional del Ahorro.
  • Cancelar el 25% del monto en mora después de la aprobación del estudio de capacidad de pago.
  • Cédula de ciudadanía: 1 fotocopia(s).
  • Comprobante de consignación: 1 copia(s) por el 25% del saldo vencido. En los casos en que el acuerdo de pago se celebre con la finalidad de suspender el remate de la garantía, se debe anexar el comprobante de consignación por el 50% de la mora y anexar paz y salvo por honorarios y costas judiciales.
  • Certificación laboral: 1 original(es).
  • Solicitud por escrito de acuerdo de pago: 1 original(es).
  • Desprendibles de nómina de los 3 últimos meses: 1 original(es).
  • Tarjeta profesional del contador público: 1 fotocopia(s).
  • Carta de solicitud: documento entregado por el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), posterior al análisis de capacidad de pago.

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

En caso de trabajador independiente:

  • Extractos bancarios de los últimos 3 meses, 1 original(es), 1 copia(s).
  • Certificación de ingreso, elaborado por contador público, no mayor a 30 días, 1 original(es).
  • En caso de que el crédito presente marquilla de cobro jurídico: Paz y salvo por honorarios del abogado, 1 original(es).
  • El deudor debe demostrar capacidad de pago, de acuerdo con la reglamentación del Fondo Nacional del Ahorro.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Cédula extranjería: 1 fotocopia(s).

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