Concepto de excepción de juegos de suerte y azar en la modalidad de rifas
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
- PBX: 601 3351535 Extensiones: 2263 - 2224 o 2211
VIRTUAL
Este trámite se debe hacer por medio de nuestra página web http://www.loteriadebogota.com en la opción "GESTORES" https://loteriadebogota.com/portal-gestores/ - leer antes el instructivo que está en la sección "tenga en cuenta"
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónRealizar el pago Si van a utilizar los resultados de la lotería de Bogotá, deben cancelar el uno por ciento (1%) del valor del plan de premios: Banco Davivienda, cuenta de ahorros, 009900210304
Obtenga el concepto de excepción de rifas, en 7 Día(s) - hábil(es)
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Diligenciar la solicitud a través de la plataforma "GESTORES" de la página web de la Lotería de Bogotá https://loteriadebogota.com/tramite-y-requisitos-para-solicitar-concepto-de-excepcion-y-autorizacion-de-las-rifas-en-el-distrito-capital/
- Estar inscrito en la cámara de comercio como persona jurídica
- Certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas.
- Mecánica del juego: en el cual se debe detallar en qué consiste la rifa y cómo se va a desarrollar o llevar a cabo.
- Texto de la boleta: en el cual deben haberse impreso como mínimo los siguientes datos: a) El número de la boleta; b) El valor de venta al público de la misma; c) El lugar, la fecha y hora del sorteo; d) El nombre de la lotería tradicional o de billetes con la cual se realizará el sorteo; e) El término de la caducidad del premio; f) El espacio que se utilizará para anotar el número y la fecha del acto administrativo que autorizará la realización de la rifa; g) La descripción de los bienes objeto de la rifa, con expresión de la marca comercial y si es posible, el modelo de los bienes en especie que constituye cada uno de los premios; h) El valor de los bienes en moneda legal colombiana; i) El nombre, domicilio, identificación y firma de la persona responsable de la rifa; j) El nombre de la rifa; k) La circunstancia de ser o no pagadero el premio al portador.
- Avalúo comercial de los bienes inmuebles y facturas o documentos de adquisición de los bienes muebles y premios que se rifen.
- Certificado de Tradición y Libertad: comprobante de la plena propiedad sin reserva de dominio, de los bienes muebles e inmuebles o premios objeto de la rifa, lo cual se hará conforme con lo dispuesto en las normas legales vigentes.
- Si es procedente; concepto de la alcaldía local correspondiente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 350 de 2003.
- Boceto digital de la publicidad a utilizar con el logo de autoriza Lotería de Bogotá.
- Si utilizan resultados de otra Lotería es necesario adjuntar la carta de autorización de dicha Lotería.
- Garantía de cumplimiento contratada con una compañía de seguros constituida legalmente en el país, expedida a favor de la entidad concedente de la autorización: el valor de la garantía será igual al valor total del plan de premios y su vigencia por un término no inferior a cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de realización de la rifa.
- Subir o cargar la anterior documentación a través de la sección "gestores" de la página web de la Lotería de Bogotá https://loteriadebogota.com/portal-gestores/
- Antes de proceder a realizar su trámite a través del botón "gestores" de la página web de la Lotería de Bogotá, debe leer detalladamente el manual adjunto o instructivo de solicitud, el cual igualmente se encuentra ubicado en la página web de la Lotería de Bogotá en la sección de juegos promocionales y rifas / rifas / trámites y requisitos para solicitar concepto de excepción y autorización de las rifas en el Distrito Capital / instructivo de solicitud: instructivo solicitud concepto de excepción y autorización de promocionales y rifas
- Decreto 350 de 2003. "Por el cual se regulan las rifas, juegos, concursos, espectáculos públicos y eventos masivos en el Distrito Capital"
- Ley 1753 de 2015 (Artículo 94) Por la cual se expide el plan nacional de desarrollo 2014-2018 "todos por un nuevo país"
- Ley 643de 2001, (Artículo 5) "Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar"
- Circular externa 130 de 2002
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