Concepto de excepción de juegos de suerte y azar en la modalidad de rifas

Entidad responsable

Lotería de Bogotá

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener concepto mediante el cual se establece la excepción para la realización de juegos de suerte y azar en la modalidad de rifas a los cuerpos de bomberos para su propio financiamiento y las empresas o entidades que exploten los juegos de suerte y azar.
 

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • PBX: 601 3351535 Extensiones: 2263 - 2224 o 2211

VIRTUAL

Este trámite se debe hacer por medio de nuestra página web http://www.loteriadebogota.com en la opción "GESTORES" https://loteriadebogota.com/portal-gestores/ - leer antes el instructivo que está en la sección "tenga en cuenta"


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Realizar el pago Si van a utilizar los resultados de la lotería de Bogotá, deben cancelar el uno por ciento (1%) del valor del plan de premios: Banco Davivienda, cuenta de ahorros, 009900210304

Obtenga el concepto de excepción de rifas, en 7 Día(s) - hábil(es)

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  1. Diligenciar la solicitud a través de la plataforma "GESTORES" de la página web de la Lotería de Bogotá https://loteriadebogota.com/tramite-y-requisitos-para-solicitar-concepto-de-excepcion-y-autorizacion-de-las-rifas-en-el-distrito-capital/
  2. Estar inscrito en la cámara de comercio como persona jurídica
  3. Certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas.
  4. Mecánica del juego: en el cual se debe detallar en qué consiste la rifa y cómo se va a desarrollar o llevar a cabo.
  5. Texto de la boleta: en el cual deben haberse impreso como mínimo los siguientes datos: a) El número de la boleta; b) El valor de venta al público de la misma; c) El lugar, la fecha y hora del sorteo; d) El nombre de la lotería tradicional o de billetes con la cual se realizará el sorteo; e) El término de la caducidad del premio; f) El espacio que se utilizará para anotar el número y la fecha del acto administrativo que autorizará la realización de la rifa; g) La descripción de los bienes objeto de la rifa, con expresión de la marca comercial y si es posible, el modelo de los bienes en especie que constituye cada uno de los premios; h) El valor de los bienes en moneda legal colombiana; i) El nombre, domicilio, identificación y firma de la persona responsable de la rifa; j) El nombre de la rifa; k) La circunstancia de ser o no pagadero el premio al portador.
  6. Avalúo comercial de los bienes inmuebles y facturas o documentos de adquisición de los bienes muebles y premios que se rifen.
  7. Certificado de Tradición y Libertad: comprobante de la plena propiedad sin reserva de dominio, de los bienes muebles e inmuebles o premios objeto de la rifa, lo cual se hará conforme con lo dispuesto en las normas legales vigentes.
  8. Si es procedente; concepto de la alcaldía local correspondiente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 350 de 2003.
  9. Boceto digital de la publicidad a utilizar con el logo de autoriza Lotería de Bogotá.
  10. Si utilizan resultados de otra Lotería es necesario adjuntar la carta de autorización de dicha Lotería.
  11. Garantía de cumplimiento contratada con una compañía de seguros constituida legalmente en el país, expedida a favor de la entidad concedente de la autorización: el valor de la garantía será igual al valor total del plan de premios y su vigencia por un término no inferior a cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de realización de la rifa.
  12. Subir o cargar la anterior documentación a través de la sección "gestores" de la página web de la Lotería de Bogotá https://loteriadebogota.com/portal-gestores/
  • Antes de proceder a realizar su trámite a través del botón "gestores" de la página web de la Lotería de Bogotá, debe leer detalladamente el manual adjunto o instructivo de solicitud, el cual igualmente se encuentra ubicado en la página web de la Lotería de Bogotá en la sección de juegos promocionales y rifas / rifas / trámites y requisitos para solicitar concepto de excepción y autorización de las rifas en el Distrito Capital / instructivo de solicitud: instructivo solicitud concepto de excepción y autorización de promocionales y rifas
  • Decreto 350 de 2003. "Por el cual se regulan las rifas, juegos, concursos, espectáculos públicos y eventos masivos en el Distrito Capital"
  • Ley 1753 de 2015 (Artículo 94) Por la cual se expide el plan nacional de desarrollo 2014-2018 "todos por un nuevo país"
  • Ley 643de 2001, (Artículo 5) "Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar"
  • Circular externa 130 de 2002

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