Autorización para la operación de juegos de suerte y azar en la modalidad de rifas

Entidad responsable

Lotería de Bogotá

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener autorización para la realización de juegos de suerte y azar en fecha predeterminada, en la cual se sortea premios en especie entre quienes hubieren adquirido o fueren poseedores de una o varias boletas emitidas con numeración en serie continua y puestas en venta en el mercado a precio fijo.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • PBX: 601 3351535 Extensiones: 2263 - 2324 o 2211

VIRTUAL

Diligenciar la solicitud de autorización a través de la plataforma "GESTORES" de la página web de la Lotería de Bogotá


    PRESENCIAL

    Ver puntos de Atención

    Realizar el pago:

    DescripciónTipo monedaTipo valor
    Derechos de explotación equivalentes al catorce por ciento (14%) de los ingresos brutos, los cuales corresponden al ciento por ciento (100%) del valor de las boletas emitidasPesos ($)Avalúo y/o liquidación
    Gastos de administración equivalentes al uno por ciento (1%) del catorce por ciento (14%)Pesos ($)Avalúo y/o liquidación
    Entidad recaudadoraTipo de cuentaNúmero de cuenta
    Banco DaviviendaAhorros009900210304

    Con una anterioridad no inferior a cuarenta y cinco (45) días calendario a la fecha prevista para la realización del sorteo.

    Se obtiene la autorización para la operación de rifa, en 6 día(s) - hábil(es).

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    • Cédula de ciudadanía
    • Comprobante de la plena propiedad, sin reserva de dominio, de los bienes muebles e inmuebles o premios objeto de la rifa:
    • Avalúo comercial de los bienes inmuebles.
    • Facturas o documentos de adquisición de los bienes muebles y premios que se rifen.
    • Garantía de cumplimiento contratada con una compañía de seguros constituida legalmente en el país, expedida a favor de la entidad concedente de la autorización.
      • El valor de la garantía será igual al valor total del plan de premios y su vigencia por un término no inferior a cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de aprobación del juego.
    • Texto de la boleta: En el cual deben haberse impreso como mínimo los siguientes datos:
      • El número de la boleta.
      • El valor de venta al público de la misma.
      • El lugar, la fecha y hora del sorteo.
      • El nombre de la lotería tradicional o de billetes con la cual se realizará el sorteo.
      • El término de la caducidad del premio.
      • El espacio que se utilizará para anotar el número y la fecha del acto administrativo que autorizará la realización de la rifa.
      • La descripción de los bienes objeto de la rifa, con expresión de la marca comercial y si es posible, el modelo de los bienes en especie que constituye cada uno de los premios.
      • El valor de los bienes en moneda legal colombiana.
      • El nombre, domicilio, identificación y firma de la persona responsable de la rifa.
      • El nombre de la rifa.
      • La circunstancia de ser o no pagadero el premio al portador.
    • Texto del proyecto de publicidad con que se pretenda promover la venta de boletas de la rifa: la cual deberá cumplir con el Manual de Imagen Corporativa de la autoridad que autoriza su operación.

    Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

    • Juegos de suerte y azar excluidos según ley 643 de 2001 art. 5 Concepto de excepción:
      • 1 Original(es)Emitido por la alcaldía local correspondiente.

    Subir o cargar toda la documentación en la sección "gestores" de la página web de la Lotería de Bogotá.

    • Antes de proceder a realizar su trámite a través del botón "GESTORES" de la página web de la Lotería de Bogotá, debe leer detalladamente el manual adjunto o instructivo de solicitud, el cual igualmente se encuentra ubicado en la página web de la Lotería de Bogotá en la sección de juegos promocionales y rifas / rifas / trámites y requisitos para solicitar concepto de excepción y autorización de las rifas en el Distrito Capital / instructivo de solicitud: instructivo solicitud concepto de excepción y autorización de promocionales y rifas
    • Estos son los últimos cambios en cuanto a normatividad que aplica a los Juegos Promocionales y Rifas, los cuales son de gran importancia para su solicitud y autorización por parte de la Lotería de Bogotá: 
      • Formato Reporte de Ganadores: Acuerdo 574 de 2021. Para el diligenciamiento se debe tener en cuenta:
        • Una vez se entregue un premio cuyo valor supere las 150 UVT ($5.700.00), diligenciar el formato "Reporte de Ganadores" por cada uno de los ganadores.
      • El formato ya diligenciado "Reporte de Ganadores" debe subirse al sistema de Promocionales y Rifas (GESTORES) junto con las Actas de Entrega, opción "Importar Actas".
      • Póliza de Cumplimiento: Numeral 2 artículo 2.7.4.3 del Decreto 1068 de 2015 modificado por el artículo 20 del Decreto 1494 de 2021): o La Garantía de Cumplimiento tiene una vigencia desde el inicio del juego promocional y hasta la fecha del último sorteo y un (1) año más.
      • Declaración Juramentada: La Lotería de Bogotá, en su calidad de sujeto responsable de contar con un Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en adelante LA/FT/FPADM, para los juegos de suerte y azar del Distrito Capital, ha dispuesto el formato para quienes deseen obtener autorización para la realización de Juegos Promocionales o Rifas, en calidad de Gestores.
    • Decreto 1968 de 2001 (Todos) Por el cual se reglamenta el capítulo V de la Ley 643 de 2001 sobre el régimen de rifas.
    • Decreto 350 de 2003. (Artículo 1, 2 y 14) "Por el cual se regulan las rifas, juegos, concursos, espectáculos públicos y eventos masivos en el Distrito Capital"
    • Decreto 148 de 2003, (Artículo 1, 2 y 14) «Por el cual se asigna una función a la Lotería de Bogotá».
    • Ley 643de 2001 (Artículos 1, 2, 4, 5, 27 - 30 ) "Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar"
    • Acuerdo 574 de 2021. (Todos) "Por el cual se adopta el Sistema de Administración de Riegos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva para los juegos de suerte y azar del nivel territorial" 
    • Decreto 1068 de 2015. (Artículo 2.7.3.6) "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público"

    Otros Trámites y Servicios relacionados

    Prórroga de sorteo de rifas

    Trámite


    ¿Qué es y para qué sirve?
    Obtener autorización de nueva fecha para efectuar el sorteo de la rifa que no se realizó en la fecha previamente autorizada...

    Concepto de excepción de juegos de suerte y azar en la modalidad de promocionales

    Trámite

    ¿Qué es y para qué sirve?
    Obtener concepto mediante el cual se establece la excepción para la autorización de juegos promocionales que realicen los...

    Consulta de resultados de sorteos

    Otros Procedimientos Administrativos - OPA


    ¿Qué es y para qué sirve?
    Cualquier ciudadano que desee conocer los resultados de los sorteos de la Lotería de Bogotá, puede acceder a ellos de diversas...