Acogida y Protección Integral a Mujeres Víctimas de Violencias en Casas Refugio
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Las casas refugio son lugares dignos y seguros que permiten salvaguardar la vida de mujeres víctimas de violencias mayores de 18 años, junto con la de sus hijos e hijas u otras personas a cargo, que se encuentran en situación de riesgo.
En estos espacios, además de garantizarse el alojamiento, alimentación, vestido y transporte de manera gratuita, las personas acogidas participan en procesos que buscan impulsar el ejercicio pleno de sus derechos, su autonomía y habilidades. Para ello, el modelo está basado en el desarrollo de acciones de índole psicosocial y socio jurídica por parte de un equipo interdisciplinario integrado por profesionales en primeros auxilios, derecho, nutrición, pedagogía, psicología y trabajo social.
La prestación de estos servicios se da hasta por 4 meses, que pueden extenderse por 2 meses más según la situación de la ciudadana; siempre y cuando, la mujer y su sistema familiar, cuenten con una medida de protección a su favor, con la remisión a este servicio y voluntad de recibirlo.
Por regla general, la medida de protección en las casas refugio responde a la emisión de una medida de protección otorgada por una autoridad competente (comisarías de familia o jueces de control de garantías), cuando se trata de hechos de violencia intrafamiliar, la medida también puede ser concedida por la comisaría de familia de la localidad, de acuerdo a la Ley 1257 de 2008.
En el caso de solicitar la protección por violencias de género en el marco del conflicto armado, la remisión puede ser realizada por Centros de Encuentro de la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación; las entidades del Sistema Distrital de Atención y Reparación a Víctimas SDARIV; los centros locales de atención a víctimas; la Personería Distrital y la Defensoría del Pueblo, de acuerdo a la Ley 1448 de 2011.
En el marco de los mecanismos de los que dispone la ciudad para prevenir las violencias contra las mujeres, las casas refugio permiten interrumpir los ciclos de violencias, contribuir de manera efectiva a disminuir las situaciones de riesgo que enfrentan las mujeres y contribuir a la reconstrucción de sus vidas, en especial de aquellas que se encuentran en riesgo de feminicidio.
Son lugares de protección para mujeres sobrevivientes de violencias de género junto a sus sistemas familiares que estén amparados por una medida de protección o que hayan sido remitidos por las entidades del Sistema Distrital de Atención y Reparación a Víctimas SDARIV.
A este espacio ingresan mujeres en riesgo de feminicidio o agresiones contra su integridad, por lo que, bajo estas circunstancias, su ubicación es confidencial y la movilidad está restringida durante el tiempo de estabilización de su seguridad.
Durante el proceso de acogida, las mujeres reciben intervención integral, en donde se articula el
trabajo psicosocial, socio-jurídico, nutricional, pedagógico y de primeros auxilios, con el fin
salvaguardar su vida e integridad personal y la de su sistema familiar, y de apuntar a la interrupción
del ciclo de violencias al cual ha estado expuesta, así como a la reconstrucción de sus proyectos de
vida bajo el principio de la corresponsabilidad.
Las mujeres que sean acogidas en el marco de la Ley 1257 de 2008, reciben junto a su sistema familiar
hospedaje, alimentación y transporte de manera gratuita por un tiempo inicial de 4 meses, que puede
extenderse por 2 meses adicionales según su situación particular. Además, son vinculadas a un
proceso de intervención integral e interdisciplinario, en donde se articula el trabajo psicosocial, socio
jurídico, nutricional, pedagógico y de primeros auxilios, con el fin salvaguardar su vida e integridad
personal y la de su sistema familiar, y de apuntar a la interrupción del ciclo de violencias al cual ha
estado expuesta, así como a la reconstrucción de sus proyectos de vida bajo el principio de la
corresponsabilidad.
Casa Refugio tradicional
Son lugares de acogida temporal para mujeres víctimas de violencias mayores de 18 años, junto a sus sistemas familiares dependientes.
Objetivos:
- Salvaguardar la vida e integridad personal de las mujeres y sus sistemas familiares.
- Promover para la interrupción del ciclo de violencias y la desnaturalización de estos hechos.
- Brindar herramientas para la reconstrucción de sus proyectos de vida.
- Activar redes de apoyo para la garantía de derechos y el acceso a la justicia.
- Facilitar que las mujeres reconozcan y potencien el ejercicio pleno de su ciudadanía, autonomía, habilidades y capacidades, y que fortalezcan su autoestima y la toma de decisiones.
Las personas acogidas reciben alimentación, vestuario, transporte y elementos de higiene y aseo personal, al igual que se brinda un acompañamiento interdisciplinar desde lo psicosocial, jurídico, pedagógico y de salud (gestión y orientación en servicios de salud y nutrición).
El proceso de acogida puede brindarse hasta por 4 meses, con la posibilidad de prorrogarse por 2 meses adicionales.
En este modelo de atención contamos con cuatro casas con capacidad de acogida de 42 personas cada una.
Casa Refugio intermedio
Es un espacio de acogida temporal para mujeres víctimas de violencias mayores de 18 años, junto a sus sistemas familiares dependientes, quienes no cuentan con una medida de protección emitida por una entidad competente o presentan alguna barrera para el trámite de una medida de protección o su incumplimiento, y se encuentran en riesgo.
Objetivos:
•Estabilización emocional posterior a la situación de violencia.
•Activar redes de apoyo familiares, sociales e institucionales.
•Brindar información sobre sus derechos, procedimientos la garantía de estos y rutas de atención.
Las personas acogidas reciben alimentación, vestuario, transporte, elementos de higiene y aseo personal, así como se brinda acompañamiento psicosocial y orientación y asesoría jurídica.
El proceso de acogida puede brindarse hasta por 30 días, sin posibilidad de prórroga.
En este modelo de atención contamos con una casa, con capacidad de acogida de 30 personas.
Casa Refugio rural
Son lugares de acogida temporal para mujeres víctimas de violencias mayores de 18 años que son campesinas (o se identifican como tal) y/o habitan la ruralidad o el campo, junto a sus sistemas familiares dependientes.
Objetivos:
•Salvaguardar la vida e integridad personal de las mujeres y sus sistemas familiares.
•Promover para la interrupción del ciclo de violencias y la desnaturalización de estos hechos.
•Brindar herramientas para la reconstrucción de sus proyectos de vida.
•Activar redes de apoyo para la garantía de derechos y el acceso a la justicia.
•Facilitar que las mujeres reconozcan y potencien el ejercicio pleno de su ciudadanía, autonomía, habilidades y capacidades, y que fortalezcan su autoestima y la toma de decisiones.
•Reconocer la experiencia de las mujeres rurales y /o campesinas y sus necesidades particulares, entendiendo el campesinado como sujeto social y político de derechos.
•Fortalecer el liderazgo comunitario y la vinculación a espacios de participación y representación política.
Las personas acogidas reciben alimentación, vestuario, transporte y elementos de aseo e higiene personal.
También se brinda acompañamiento psicosocial, jurídico, pedagógico y de salud (gestión y orientación en servicios de salud y nutrición) con enfoque territorial, reconocimiento el estrecho vínculo entre las mujeres, el territorio y la cosmovisión y prácticas campesinas. Se cuenta con un espacio para realizar actividades agroecológicas.
El proceso de acogida puede brindarse hasta 4 meses, con la posibilidad de prorrogarse por 2 meses adicionales.
En este modelo de atención contamos con una casa con capacidad de acogida de 20 personas.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195, horario de atención de domingo a domingo 24 horas.
- Línea púrpura: Teléfono: 018000112137 Horario: 24 horas, siete días de la semana.
- Sede Central Teléfono: (601) 3169001. Horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 04:30 p.m. jornada continua.
VIRTUAL
- WhatsApp: 3007551846 Horario: 24 horas, siete días de la semana
- Atención lengua de señas colombiana: https://chat2-cls8-aws.i6.inconcert.cloud/inconcert/apps/webdesigner/videollamada?token=B8D6984D23D843CD39E1D4C1F5F48ADB¬ify=a0298223-2d2f-0130-56fd-bc76c1a6be1a&dev=false&type=popup
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEste servicio no tiene costo.
Salvaguardar la vida de mujeres mayores de 18 años víctimas de violencias, junto con la de sus hijos e hijas u otras personas a cargo, que se encuentran en situación de riesgo.
En el marco de esta estrategia se realizan actividades orientadas a:
• Atención y restablecimiento de derechos, como: atención psicosocial, acompañamiento y
representación jurídica en el proceso de restablecimiento de derechos para las Mujeres Víctimas
de Violencia.
• Fortalecimiento de las capacidades emocionales y acceso a herramientas para el reconocimiento
y exigibilidad de sus derechos humanos.
• Acompañamiento para la búsqueda de empleo y la gestión con entidades que ofrecen
empleabilidad.
• Desarrollo de un modelo de educación flexible y de aula refugio para garantizar el acceso de las
mujeres y sus hijos e hijas a una institución educativa.
• Promoción de la salud sexual y reproductiva y hábitos de vida saludable.
La prestación de estos servicios se da hasta por 4 meses, que pueden extenderse por 2 meses más según la situación de la ciudadana; siempre y cuando, la mujer y su sistema familiar, cuenten con una medida de protección a su favor, con la remisión a este servicio y voluntad de recibirlo.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Ser mujer mayor de 18 años.
- Residir en Bogotá.
- Tener medida de protección, expedida por la autoridad competente, con remisión a casa refugio.
Es importante aclarar sobre casa refugio que:
- No son albergues para sanear necesidades básicas, son espacios en donde las mujeres víctimas de violencias y sus familiares a cargo reciben acogida y atención integral a través de acompañamiento psicosocial y orientación, asesoría y/o representación jurídica, así como apoyo de las áreas de pedagogía, trabajo social, primeros auxilios y nutrición a través de la atención individual, familiar y acciones colectivas.
- No son lugares de acogida permanente.
- La Estrategia de Casas Refugio a través del Acuerdo 631 de 2015 y de su Protocolo de Ingreso, Permanencia y Egreso tiene establecidos algunos criterios de No acogida. Sin embargo, estos se evalúan de manera individual y diferencial en cada uno de los casos remitidos, priorizando siempre el propósito de salvaguardar la vida de las mujeres y sus sistemas familiares, cuyas situaciones de riesgo puedan derivar en un feminicidio.
- Las mujeres no perderán sus vínculos familiares ni sociales. El equipo interdisciplinario acompañará el fortalecimiento de las redes de apoyo y garantizará que se mantenga el contacto telefónico o por medios virtuales.
- Las salidas en Casas Refugio se podrán realizar de acuerdo al nivel de riesgo de cada mujer.
- Las mujeres que ingresan no perderán su empleo, pero la asistencia a sus actividades laborales dependerá del nivel de riesgo de la mujer.
- Los procesos educativos para niños, niñas y adolescentes no se interrumpirán, durante la acogida en Casas Refugio podrán continuar con su proceso.
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