La medida de pico y cédula rige en Bogotá para el ingreso a cualquier establecimiento abierto al público para realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, servicios bancarios, financieros y notariales y atención al ciudadano en entidades públicas se regirán por esta medida.
Martes 20 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6, 8 NO PODRÁN acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.