Si las autoridades te impusieron una medida correctiva o de multa por un comportamiento contrario a la convivencia contemplado en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, en esta nota te contamos qué pasos debes seguir para solucionarlo.
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana es un pacto que armoniza las relaciones entre las personas, la ciudad, los animales y el medio ambiente. Nos permite disfrutar de nuestros derechos y libertades sin afectar los de los demás, y nos brinda mecanismos de convivencia para la resolución pacífica de conflictos en comunidad.
En principio cuentas con tres opciones:
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1. Puedes objetar el comparendo: Si no realizas el pago podrás ser citado por un Inspector de Policía a un proceso verbal abreviado, en donde podrá hacer los descargos que consideres y recibir una medida correctiva o una multa.
2. Puedes participar en una actividad pedagógica de convivencia o programa comunitario: Si tu multa es tipo 1 o 2, puedes registrarte para participar en la actividad pedagógica de convivencia o programa, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la expedición de la orden de comparendo, para solicitar la conmutabilidad ante el inspector de policía, o simplemente participar para dar cumplimiento a la medida correctiva.
3. Si pagas voluntariamente la medida correctiva de multa: Si aceptas la responsabilidad del comportamiento contrario a la convivencia, puedes acceder al descuento del 50% por pronto pago voluntario, dentro los 5 primeros días hábiles siguientes a la expedición del comparendo.
Si quieres ampliar la información sobre el pago de los comparendos puedes escribir a los WhatsApp: 310 710 08 82, 301 445 72 92 y 322 227 43 83.
En este trino de la Secretaría de Seguridad, el caso de Duván a quien le impusieron un comparendo por una riña:
Duván solucionó su comparendo por riña con el apoyo del equipo #CodigoDeConvivencia y aprendió a tomar mejores decisiones para convivir en parche. Tú también puedes solucionar tu comparendo y construir una mejor convivencia en las jornadas pedagógicas.#ConvivamosEnParchepic.twitter.com/i4xpxzKp8k
— Secretaría de Seguridad BOG (@SeguridadBOG) July 5, 2022
Comportamientos contrarios a la convivencia en los que más incurren los ciudadanos 👇:
Según el Código Nacional de Policía y Convivencia son varios los comportamientos que pueden afectar la convivencia y las buenas relaciones entre las personas, algunos de ellos son :
Los que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y que está contenido en el artículo 33. "En el vecindario o lugar de habitación urbana o rural: perturbar o permitir que se afecte el sosiego con sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, en cuyo caso podrán las autoridades de Policía desactivar temporalmente la fuente de ruido, en caso de que el residente se niegue a desactivarlo".
Las acciones que afectan las relaciones entre personas y las autoridades según lo establece el artículo 35. "Irrespetar a las autoridades de Policía, incumplir, desatacar, desconocer e impedir la función o la orden de Policía, impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de Policía, negarse a dar información veraz sobre lugar de residencia, domicilio y actividad a las autoridades de Policía cuando estas lo requieran en procedimientos de Policía", entre otros.
Asimismo, la tenencia de animales domésticos o mascotas: "Solo podrán tenerse como mascotas los animales así autorizados por la normatividad vigente. Para estos animales el ingreso o permanencia en cualquier lugar, se sujetará a la reglamentación de los lugares públicos, abiertos al público o edificaciones públicas. En las zonas comunes de propiedades horizontales o conjuntos residenciales, los ejemplares caninos deberán ir sujetos por medio de traílla y en el caso de los caninos potencialmente peligrosos, además irán provistos de bozal y el correspondiente permiso, de conformidad a la ley", señala el Código.
En este trino de la Secretaría de Seguridad, la información sobre la resolución de comparendos:
📣Te orientamos sobre resolución de comparendos por #CódigoDeConvivencia y medidas correctivas 📣.
— Secretaría de Seguridad BOG (@SeguridadBOG) March 2, 2022
Consulta aquí los canales y líneas de atención que tienes disponibles para solucionar tus comparendos y recibir asesoría.👇 pic.twitter.com/7MYDL7GfeL
Otros comportamientos que pueden ser objeto de sanciones:
- No retirar o reparar inmuebles que ofrezcan peligro a la vida e integridad.
- Portar armas o elementos cortantes en áreas comunes o lugares abiertos al público (sin perjuicio de la acción penal).
- Arrojar al alcantarillado o acueducto cualquier objeto o sustancia.
- Arrojar basuras, llantas o residuos en espacio público.
- Realizar quemas o incendios que afecten la convivencia o en sitios prohibidos.
- Dañar bienes públicos.
- Comercializar equipos celulares hurtados o sin los requisitos del MINTIC.
- Realizar necesidades fisiológicas en el espacio público.
- Escribir o fijar en lugar público o abierto al público, postes, fachadas, muros, paredes, leyendas, dibujos, grafitis, sin el debido permiso cuando este requiera o incumpliendo la normatividad vigente.