La Dirección de Impuestos de Bogotá (DIB) adelanta gestiones para sancionar a los contribuyentes que no reportaron en medios magnéticos la información exógena correspondiente a las vigencias de 2016 y 2017, o que la presentaron incompleta, inconsistente o con errores.
Tras revisar el sistema de información tributaria, la Administración identificó cerca de 4.000 casos en los que no se cumplió con la obligación en forma debida. Según informó la Secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez, “a la fecha se han enviado más de 1.000 cartas invitando a revisar y corregir la información”.
Es importante aclarar que el artículo primero de la resolución DDI-040106, expedida el 14 de septiembre de 2017, establece que las personas jurídicas, las sociedades y asimiladas, los consorcios y uniones temporales y las personas naturales pertenecientes al régimen común, contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio en Bogotá D.C. que durante los años gravables 2016 y 2017 hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 4.000 UVT y 3.500 UVT respectivamente, deberán suministrar la información de los ingresos deducidos en las declaraciones de ICA de 2016 y 2017 por concepto de actividades no sujetas, deducciones o exenciones registradas en Bogotá (renglón BD).
#NoTeDejesEngañar La Secretaría Distrital de Hacienda en ningún caso dispone de cuentas bancarias para la consignación de impuestos distritales por parte de los contribuyentes. pic.twitter.com/qc4L2zJItH
— Hacienda Bogotá (@HaciendaBogota) July 11, 2019
De esta forma, quienes reciban la carta o tengan inquietudes sobre la información reportada deben ingresar al portal web haciendabogota.gov.co en el link http://www.shd.gov.co/shd/reporte-de-informacion-en-medios-magneticospara revisar la información y completarla de ser necesario.
En caso de no haber reportado la información oportunamente tendrán que subsanar la omisión de la obligación y reportarla mediante los canales dispuestos en el siguiente enlace: http://www.shd.gov.co/shd/reporte-de-informacion-en-medios-magneticos.
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El plazo para revisar, aclarar o subsanar vence el próximo 31 de julio de 2019. Después de esta fecha, se notificará el pliego de cargos y se iniciará la aplicación de la sanción correspondiente, que, con multas, puede superar los 500 millones de pesos en cada caso, conforme lo dispuesto en el artículo 6 del Acuerdo 671.
No obstante, quienes se acerquen voluntariamente al SuperCade del Centro Administrativo Distrital (CAD) para revisar su situación pueden acceder a una sanción reducida equivalente al 20 % y hacer acuerdos de pago para evitar que se formulen cargos y se generen mayores cobros.
La Secretaría de Hacienda puntualizó que, a la fecha, Bogotá ha recaudado cerca de 3.500 millones de pesos en sanciones por este concepto.