¿Cómo descargar el certificado de pago del impuesto vehicular? ¡Toma nota!

14·MAR·2022
La solicitud del certificado se puede hacer de manera virtual o presencial. Como respuesta el solicitante recibe un documento con el pago realizado.
Cómo descargar el certificado de pago del impuesto vehicular en BogotáAlcaldía Mayor de Bogotá
Sigue el paso a paso y descarga sin costo la certificación del pago del impuesto de vehículos.

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Las personas que deseen generar el certificado del pago del impuesto vehicular correspondiente al año 2022 y que aún no se encuentren reflejados en la cuenta corriente contribuyente, deben tener en cuenta los siguientes pasos que les facilitarán el proceso para obtenerlo:

1. Cuentas con las siguientes opciones para obtener la certificación de pagos:

2. Presenta los siguientes documentos:

  • Original o fotocopia del impuesto vehicular o de los pagos efectuados objetos de certificación.
  • Original o fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería si es persona natural, si es persona jurídica presente el NIT, copia del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a noventa (90) días.

Es importante anotar que, si el trámite lo realiza un tercero, deberá estar debidamente autorizado por quien corresponda aportando los siguientes requisitos:

Si es persona natural:

  • Carta de autorización firmada por el contribuyente (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  • Fotocopia del documento de identificación del contribuyente.
  • Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

Si es persona jurídica:

  • Carta de autorización firmada por representante legal (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  • Fotocopia del documento de identificación del representante legal.
  • Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a noventa (90) días.
  • Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

3. Respuesta:

El solicitante recibe un documento que muestra el concepto de la declaración y/o pago, el monto y la fecha de recibo. Este documento es de entrega inmediata; sin embargo, de requerirse verificación de autenticidad, es decir, si el monto que aparece en la certificación no es el mismo del formulario presentado por el contribuyente, el trámite requiere que se haga por medio escrito a la Oficina de Control de Agentes de Recepción y Recaudo. En cuyo caso el tiempo de respuesta es de quince (15) días hábiles.