En la nueva realidad hemos tenido que aprender a cuidarnos y adaptarnos a las nuevas formas en las que realizamos algunas actividades o acudir a ciertos lugares, como es el caso de los cementerios o funerarias, que tras la contingencia del COVID-19, fueron cerradas para evitar riesgos de contagio.
Luego de varios meses de no prestar sus servicios, los cementerios y funerarias reabrieron sus puertas con los protocolos de bioseguridad establecidos por la Secretaría de Salud.
Desde inicios de Octubre la Unidad Administrativa de Servicios Públicos-UAESP anunció que se habilito el acceso progresivo y controlado en los cuatro cementerios del Distrito (Sur, Norte, Parque Serafín y Central), así como se les autorizó la reapertura a los parques cementerios privados.
“Hemos decidido dar apertura a los cementerios, con unas condiciones restringidas con todos los temas de bioseguridad que están establecidos en el Distrito y para Colombia. Establecimos un cálculo de áreas y probabilidad de ingreso para que las personas, puedan conservar su distanciamiento”: Ingrid Ramírez, Subdirectora de servicios funerarios UAESP
¿Qué debo tener en cuenta si voy a asistir a un cementerio?
Debes confirmar el horario de atención al público de los cementerios privados , en el caso de los distritales Sur, Norte, Parque Serafín y Central el horario de ingreso y permanencia de visitantes es de 10:00 a.m. a 3:00 p.m. Los ciudadanos deben tener en cuenta que después de las 3:00 p.m. se dará prioridad a la atención de servicios COVID-19.
¿Cuál es el aforo máximo de personas en los cementerios?
Los cementerios distritales tienen un aforo máximo de 50 personas, en el caso de los cementerios privados podrán ingresar 5 personas por núcleo familiar del fallecido, en el caso de llevarse a cabo un servicio en los cenizario o de sepultura podrán ingresar máximo 15 personas.
¿Cuál es el protocolo de bioseguridad que tienen los cementerios?
Al ingresar al cementerio se toma la temperatura, se realiza el proceso de desinfección, los visitantes tienen a su disposición gel antibacterial y lavamanos portátiles y distanciamiento físico, el uso del tapabocas es obligatorio. Si alguna persona tiene síntomas de gripa no le es permitido el ingreso.
¿Niños, niñas y adultos mayores pueden asistir a los cementerios y funerarias?
Si, pueden hacerlo, en el caso de los menores de edad bajo la responsabilidad de un adulto y los adultos mayores bajo su responsabilidad.
¿Puedo llevar vehículo al cementerio ?
Si, puedes hacerlo bajo la responsabilidad del propietario, debes consultar si el cementerio cuenta con el servicio de parqueadero.
¿Las mascotas pueden ingresar?
No pueden hacerlo.
¿Cuál es el protocolo para asistir a una funeraria?
Las funerarias deben contar con todos los protocolos de bioseguridad, al ingresar se toma la temperatura y se realiza el proceso de desinfección, el uso del tapabocas es obligatorio.
¿Cuántas personas pueden ingresar a la sala de velación?
El número de personas es limitado entre 5 a 8 personas por sala de velación
¿Los fallecidos por COVID-19, pueden estar en una sala de velación?
No, las personas fallecidas que se encuentran en sala de velación están ahí por causas de defunción distintas al COVID-19.
¿Si una persona falleció por causa del COVID-19, la familia puede ingresar al cementerio?
No, los familiares pueden realizar el acompañamiento de la carroza , desde la funeraria hasta la puerta de entrada del cementerio, sin ningún tipo de contacto. Días después se le hace entrega de las cenizas a los familiares.
¿Los cementerios están realizando ceremonias religiosas?
No, las iglesias de los cementerios no están realizando ceremonias de manera presencial, cuando las personas acceden a tomar los servicios en los cementerios de entierros o de cenizarios, si ellos lo desean, el sacerdote hace un acompañamiento a través de una Homilía o Sermón Corto, en la Nueva Realidad las cementerios y funerarias ofrecen ceremonias de manera virtual.
La UAESP además de administrar los cementerios propiedad del Distrito, les ofrece a los ciudadanos en condición de vulnerabilidad y/o pobreza la posibilidad de acceder a subsidios funerarios, este es un apoyo económico, transitorio y oportuno, el cual cubre el 90% del valor de los servicios funerarios en los Cementerios de Propiedad del Distrito.
Las personas interesadas en este servicio deben estar registrados en el Sistema de Información de la Secretaría Distrital de Integración Social-SIRBE o en las bases de datos de las entidades del orden Nacional o Distrital competentes.
Los subsidios funerarios cubren los costos de los servicios funerarios de: Inhumación: Depositar un cuerpo o cenizas en una bóveda. Exhumación: Sacar los restos de una bóveda. Cremación: Reducción de un cuerpo o de restos por medio de un horno crematorio.
¿Cómo se puede acceder a este subsidio funerario?
Debes enviar un correo electrónico a: uaesp@uaesp.gov.co o subsidiosfunerarios@uaesp.gov.co, solicitando el subsidio funerario con los siguientes datos:
- Nombres y apellidos del solicitante
- Solicitud de los servicios a subsidiar (Inhumación, exhumación y cremación) y el nombre del cementerio distrital de preferencia.
- Nombres y apellidos del fallecido
- Teléfono, número de dirección de residencia y correo electrónico
- Anexar copia de la cédula del familiar
- Copia del registro civil o certificado de defunción del fallecido
- Certificación de la Fiscalía General que autorice los procedimientos