¿Cualquier particular puede crear una institución educativa? ¿Cuáles son los requisitos para fundar un colegio o institución educativa particular? ¿ Quién regula el funcionamiento de las instituciones educativas en Bogotá?
Estos y muchos más interrogantes fueron respondidos por expertos de la Secretaría de Educación del Distrito - Dirección de Inspección y Vigilancia, durante el Seminario `Inducción, Creación y Ampliación de Instituciones Educativas´, con el objeto de socializar a la comunidad educativa y ciudadanía en general, temas sobre legislación y requisitos para la creación o ampliación del servicio educativo en la ciudad de Bogotá.
Esta iniciativa hizo parte de la estrategia incluida en el Plan Operativo de la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación del Distrito, que busca informar, orientar y asesorar para prevenir sobre las temáticas y procedimientos que hacen parte de la prestación del servicio educativo por parte de diferentes instituciones y centros de enseñanza.
La invitación estuvo dirigida especialmente a representantes de instituciones de educación inicial AIPI y preescolar; educación formal de niños, jóvenes y adultos; Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano y centros de enseñanza automovilística-CES.
El particular que pretende crear una institución educativa, obra en nombre del Estado para ofrecer el servicio que se le autorizará. También tiene una responsabilidad con la sociedad: ofrecer el servicio en las mejores condiciones de calidad y pertinencia para cumplir los fines establecidos en la Ley.
Twitter: @ServiCiudadano
Facebook: Servicio al Ciudadano – Bogotá
Capacitación a ciudadanos interesados en ofrecer servicios educativos en Bogotá
1·MAYO·2015
¿Cualquier particular puede crear una institución educativa? ¿Cuáles son los requisitos para fundar un colegio o institución educativa particular? ¿ Qui...