Sec. de Ambiente inspeccionó 14 comercios de llantas en Usaquén y C. Bolívar

2·ABR·2022
La Secretaría de Ambiente adelantó operativos a establecimientos acopiadores de llantas en las localidades de Usaquén y Ciudad Bolívar.
Balance de los operativos a establecimientos que trabajan con llantas
Como resultado de las jornadas, se visitaron 14 comercios. Dos fueron sellados por no cumplir con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Foto: cortesía, Subdirección de Control Ambiental al Sector Público.

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La Secretaría de Ambiente entregó el balance de los operativos de control y seguimiento, adelantados en marzo, a establecimientos que trabajan con llantas nuevas o usadas en las localidades de Usaquén y Ciudad Bolívar.    

Como resultado de las jornadas, se visitaron 14 comercios: dos fueron sellados debido a que no cumplían con lo estipulado en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en cuanto a documentos de funcionamiento de establecimientos de comercio, mientras que a ocho se les solicitó un plan de mejora.  

En estos operativos también participaron las Alcaldías Locales y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp), adelantando visitas de manera conjunta a los establecimientos, cuya actividad comercial incluye el manejo de llantas nuevas o usadas.  

Negocios como servitecas, distribuidoras o demás establecimientos que comercialicen con llantas, deben registrarse ante la Secretaría de Ambiente de la siguiente manera: 

  • Ingresa a https://www.secretariadeambiente.gov.co/ventanillavirtual/app y registrarte como nuevo usuario.  

  • Ingresa por la opción: Manejo de obras, escombros, llantas y hospitalarios; y luego, Registros acopiadores de llantas. 

  • Adjunta el certificado de Tradición y libertad del predio o contrato de arrendamiento donde se especifique la actividad, copia del RUT o Cámara de Comercio, recibo público, copia de la cédula del representante y plan de contingencias o emergencias.  

  • Posterior al registro, debes anexar los certificados y la relación de la compra.  

Los acopiadores o comercializadores de llantas deben garantizar que estos productos sean entregados a los gestores distritales registrados ante la Secretaría de Ambiente o planes posconsumo aprobados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. También, pueden contratar a un tercero para que se encargue de realizar la gestión, tratamiento y/o aprovechamiento. 

 En el manejo de llantas usadas está prohibido:   

  1. El abandono en espacio público. 
  2. Enterrar llantas usadas como método de eliminación o disposición final. 
  3. Almacenarlas a cielo abierto. 
  4. Quemarlas a cielo abierto. 
  5. Utilizar llantas usadas o sus subproductos en procesos de combustión, sin el cumplimiento de la normatividad ambiental.