El próximo 29 de mayo se llevarán a cabo las elecciones en las que los ciudadanos escogerán a los representantes para los cargos de presidente y vicepresidente del país, para el periodo 2022-2026.
Desde Portal Bogotá consultamos con la Cancillería y nos respondieron las principales dudas que tienen los bogotanos que quieren participar de las votaciones y se encuentran por fuera del país. Recuerda que la siguiente información aplica para cualquier ciudadano colombiano.
¿Quiénes pueden votar?
Podrán votar todos los ciudadanos que sea mayores de edad y ya tengan su cédula inscrita en algún puesto de votación en el exterior.
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En caso de aún no haberte registrado en un puesto de votación, tendrás que acercarte a la embajada o consulado que sea de tu conveniencia 2 meses antes de la jornada electoral.
¿Cómo registrarse?
Para registrarte en un nuevo lugar de votación en el exterior, ya sea embajada o consulado, tendrás que presentarte en la oficina elegida con tu cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas o digital) o con tu pasaporte colombiano vigente.
No obstante, el único documento válido para cuando vayas a votar será la cédula de ciudadanía original, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39 de 1961.
¿Qué fechas hay para registrar la cédula?
Según informa el Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme al artículo 50 de la Ley 1475, si te encuentras en el exterior podrás inscribir tu cédula de ciudadanía en el respectivo Consulado o Embajada con límite hasta 2 meses antes de la correspondiente jornada electoral.
Para las elecciones de Presidente y Vicepresidente 2022, la fecha de cierre de inscripciones fue el 29 de marzo de 2022.
¿Por cuánto tiempo está vigente el registro?
Una vez te hayas inscrito en un lugar, permanecerás inscrito a este hasta que solicites cambio de puesto. Aunque es posible que la inscripción deje de estar vigente en caso de pérdida de derechos políticos, falsa documentación o fallecimiento.
Las personas que tramitan su cédula por primera vez, quedan inscritas en el lugar donde se les tramitó su documento.
¿Dónde votar en el exterior?
Los lugares estipulados por la ley colombiana, de acuerdo a lo establecido en el inciso primero del artículo 116 del Decreto Ley 2241 de 1986 son las Embajadas, Consulados y Consulados Honorarios, de manera que si te encuentras en un país extranjero tendrás que elegir aquel que sea de tu preferencia.
Puedes revisar la lista completa de países aliados que cuentan con embajadas y consulados colombianos haciendo click aquí.
¿Cómo votar?
Cuando completes el registro en el país correspondiente, tienes que acercarte al puesto de votación entre los días lunes 23 y domingo 29 de mayo entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., según el horario del país en el que residas.
Una vez en el puesto, el jurado de votación designado procederá a solicitar tu cédula de ciudadanía. Acto seguido, se te entregará el tarjetón y se te indicará la respectiva urna para depositar tu voto.
¿Hay restricciones para las votaciones?
En el exterior no se aplicarán las mismas normativas que en Colombia como, por ejemplo, la medida de Ley Seca, pero es posible que lleguen a presentarse restricciones que obedecen a medidas sanitarias establecidas por las autoridades locales, para controlar la pandemia de COVID-19.
Recomendaciones generales
Te recomendamos revisar tu lugar de votación con antelación en este enlace para confirmar la ubicación. Igualmente recuerda presentarte con tiempo antes de las 4:00 p.m. del país donde estés con tu cédula original, no se aceptarán ni licencia de conducción, pasaporte u otro documento. También recuerda reclamar tu certificado electoral.
En caso de haber salido del país pero estar regresando a la capital colombiana antes del 29 de mayo, no será necesario que te registres en el exterior. Si necesitas encontrar tu puesto de votación en Bogotá, te recordamos que la Secretaría de Gobierno dispuso la aplicación 'Mapas Bogotá', para que ubiques fácilmente el punto más cercano y realices este proceso.