¿Extranjeros residentes en Bogotá podrán votar en las elecciones de mayo?

22·MAYO·2022
Portal Bogotá te aclara todas las dudas sobre la participación de población extranjera en las elecciones presidenciales y vicepresidenciales.
Puesto de votaciónFoto: Secretaría de Gobierno
Las elecciones presidenciales se realizarán el próximo domingo en todo el territorio colombiano.

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El próximo 29 de mayo se llevarán a cabo las elecciones presidenciales en las que todos los colombianos ejercerán su derecho al voto, pero, ¿los extranjeros que viven actualmente en la capital del país podrán participar?.

Los extranjeros en calidad de residentes no pueden participar de las elecciones a presidencia y vicepresidencia, según lo estipulado por el artículo 100 de la Constitución colombiana. 

Sin embargo, según aclara la Registraduría Nacional, los extranjeros con visa de residencia presentes en el país sí tienen la posibilidad de votar en las elecciones de carácter municipal y distrital del último lugar donde hayan fijado su domicilio, sin previa nacionalización, de acuerdo con la Ley 1070 de 2006. 

Esto significa que los extranjeros mayores de edad y con visa de residente vigente en cualquier localidad del territorio nacional, pueden participar en elecciones a alcaldes distritales y municipales desde que se hayan registrado previamente en un puesto de votación, pero no podrán votar por Presidente ni Vicepresidente. 

Cabe aclarar que, aquellos ciudadanos extranjeros que quieran hacer efectivas estas facultades deberán inscribirse ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro de los términos fijados por la ley para la inscripción de cédulas de nacionales colombianos, presentando la cédula de extranjería de residente. 

¿Los migrantes venezolanos podrán participar en las votaciones? 

No, ningún migrante que no tenga nacionalidad colombiana podrá votar en las elecciones presidenciales sin importar de qué otra nación provenga.

Los refugiados venezolanos en Colombia cuentan con un mecanismo jurídico de protección temporal conocido como Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV)

Frente a la posibilidad del voto, Portal Bogotá consultó con Migración Colombia las condiciones específicas de los migrantes adscritos al estatuto temporal. Migración aclaró que si bien las personas acogidas por el EPTV adquieren beneficios como acceso a servicios de salud y protección integral para niños, no adquieren el derecho al voto ni local ni nacional. Esto debido a que se trata de un régimen temporal y no otorga el estatus de residente. 

La población migrante proveniente de cualquier país que esté interesada en participar de las votaciones locales y municipales está invitada a solicitar la visa de residencia, la cual le dará de forma automática su derecho al voto local, pero no nacional.

Aquellos interesados en votar por presidente y vicepresidente, solo podrán hacerlo sí cuentan con nacionalidad colombiana y su respectiva cédula de ciudadanía expedida en Colombia, de lo contrario es imposible. 

Si quieres conocer más sobre las condiciones de votación para extranjeros nacionalizados te invitamos a hacer clic aquí