¿Sabías que desde 2017 puedes pagar el Impuesto Predial por cuotas? Aquí te contamos todo lo que debes saber para acceder a este beneficio y pagar esta obligación.
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¿A cuántas cuotas puedo pagar el Impuesto Predial?
El Impuesto Predial Unificado es un gravamen real que recae sobre los bienes raíces ubicados en Bogotá y se genera por la existencia de un predio. A partir de 2017 es posible pagar esta obligación en 4 cuotas, máximo.
¿Qué debo hacer si quiero pagar el impuesto predial por cuotas?
Solo debes ingresar al sitio web www.haciendabogota.gov.co antes del 31 de marzo y declarar que te acoges al pago por cuotas.
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¿Qué pasa si se me olvida declarar antes del 31 de marzo?
Debes pagar en una sola cuota antes del 3 de abril para obtener el descuento de 10 % o antes del 19 de junio sin descuento.
¿Tengo descuento del 10 % si pago por cuotas?
No, la idea es elegir un solo beneficio. Descuento por pronto pago a una cuota o la posibilidad de diferir el pago sin costos adicionales.
¿Si no llega la factura qué puedo hacer?
Ingresar al sitio web www.haciendabogota.gov.co y descargarla en la sección impuestos-Predial con los datos de tu inmueble. También puedes acercarte a los SuperCADE para solicitarla.
¿Si difiero a cuotas y quiero pagar la totalidad antes lo puedo hacer?
Sí. Podrás pagar antes la totalidad del impuesto, independiente de las fechas definidas para el pago a cuotas.
¿Puedo pagar el impuesto predial por cuotas a través del sitio web?
Sí, a través de www.haciendabogota.gov.co tienes el servicio de pago por botón PSE.
¿Si pago por cuotas qué recibo debo llevar al banco o al punto de pago?
En el sitio web www.haciendabogota.gov.co podrás consultar y descargar los recibos. También puedes solicitarlos en los SuperCADE.
¿Un propietario de varios predios puede pagar el impuesto predial de cada uno de ellos por cuotas?
Sí, siempre y cuando se trate de predios de uso residencial o de uso mixto residencial (es decir que tengan un local comercial de 30 metros cuadrados o menos, y que no estén ubicados en corredor comercial).
¿A partir de qué fecha se puede hacer el pago del impuesto predial por cuotas?
Primera cuota: hasta el 15 de mayo de 2020
Segunda cuota: hasta el 10 de julio de 2020
Tercera cuota: hasta el 11 de septiembre de 2020
Cuarta cuota: hasta el 13 de noviembre de 2020
¿Es necesario ir a un punto de atención para pagar por cuotas el impuesto predial?
No es necesario desplazarse, ni hacer filas. Puedes pagarlo por internet (a través del botón PSE) ingresando a www.haciendabogota.gov.co. Si lo prefieres, hazlo en los bancos autorizados y en los SuperCADE.
¿Qué pasa si difiero a cuotas el pago del impuesto predial pero no pago alguna de ellas en la fecha prevista?
Debes pagar los intereses moratorios sobre el valor de la cuota no pagada, a partir de la fecha de vencimiento de la misma.
¿Si no estoy en Bogotá y quiero pagar el impuesto predial por cuotas qué debo hacer?
Desde cualquier lugar del país o del exterior puedes acceder al sitio web www.haciendabogota.gov.co antes del 31 de marzo y declarar el pago por cuotas. En este mismo sitio puedes hacer los pagos antes de la fecha de cada vencimiento.
¿Pagar por cuotas el impuesto predial tiene algún sobrecosto?
No, es un beneficio para los ciudadanos.
¿La Secretaria de Hacienda envía un talonario a los predios para pagar por cuotas?
No. Los recibos de pago de cada una de las cuotas se descargan de www.haciendabogota.gov.co
¿Es necesario tener una cuenta bancaria para pagar el impuesto predial por cuotas?
No necesariamente. Pero si quieres pagar por internet debes tenerla.
¿Debo estar a paz y salvo en el impuesto predial de años anteriores para pagarlo por cuotas?
No es un requisito legal el estar a paz y salvo en los años anteriores para pagar el impuesto a cuotas.
¿El impuesto del garaje y el depósito también lo puedo pagar por cuotas?
No. El beneficio solo aplica para predios residenciales.