Teniendo en cuenta que a la mayoría de los predios de la ciudad ya les fue distribuido el formulario para el pago del impuesto predial y el 6 de abril vence el plazo para cancelar con el 10% de descuento, aquí podrá encontrar las respuestas a las preguntas más frecuentes que los contribuyentes se hacen relacionadas con este tributo.
1. ¿Cuántos inmuebles pagan Predial en Bogotá?
Para este año, cerca de 2,5 millones de predios.
2. ¿Cuánto se espera recaudar este año?
8,88 billones de pesos, de los cuales alrededor de 3,12 billones son de predial.
3. ¿Cuánto será el incremento promedio del impuesto predial este año en Bogotá?
Se estima en un 8,8 % con relación al año pasado.
4. ¿En qué localidades se concentra el recaudo del predial?
En Usaquén (19 %), Suba (15,6 %) y Chapinero (15 %).
5. ¿De qué depende el incremento o disminución en el valor del impuesto predial?
De las características de cada inmueble
Los desarrollos urbanísticos que haya tenido el sector donde esté ubicado
Las mejoras que se hayan hecho sobre los predios
Y si está catalogado como un predio rural o urbano
Catastro hace el avalúo cada año y con base en esas características se liquida el impuesto. Aquí es importante recordar que el Acuerdo 648 de 2016 estableció topes diferenciales, que van desde 4,1 %, hasta 20 % para predios residenciales (siempre y cuando no hayan hecho ningún tipo de mutaciones al inmueble) y de máximo 25 % para predios no residenciales. Gracias a estos topes se moderaron los incrementos.
6. ¿Cómo ha sido la evolución de este incremento y del impuesto para los ciudadanos?
Entre 2015 y 2016 el aumento fue de 10,4 %
Entre 2016 y 2017 de 8,4 %
7. ¿Cómo son las tarifas actuales del impuesto predial?
Para distribuir las cargas tributarias, el Acuerdo 648 de 2016 estableció nuevas tarifas, que dependen del valor del avalúo catastral, haciendo más progresivo el impuesto. Las tarifas vigentes para el año 2018, para predios residenciales y no residenciales se pueden consultar en http://www.shd.gov.co/shd/Predial-como-se-calcula.
También se adoptaron tarifas diferenciales del 1 y 3 por mil para predios con avalúo catastral hasta de 135 salarios mínimos legales vigentes, de los estratos 1, 2 y 3, lo que redujo la carga especialmente para la población con Vivienda de Interés Prioritario (VIP) y Vivienda de Interés Social (VIS).
8. ¿La estratificación afecta el valor del predial?
No afecta. Desde el año pasado el valor del predial se calcula de acuerdo con el avalúo catastral y la tarifa aplicable.
9. ¿Qué opciones tienen los contribuyentes para pagar el predial?
Está la opción de pagar en 4 cuotas sin intereses, avisándonos antes del 28 de marzo; o hacer el pago total en una cuota, antes del 6 de abril y ganarse un 10 %.
10. ¿Dónde se puede pagar?
A través de la Oficina Virtual del portal web http://www.haciendabogota.gov.co. En esta opción, el contribuyente puede ganarse un 1 % adicional, al permitir que se le envíe información por canales virtuales.
Se tienen alrededor de 14.000 nuevos puntos de corresponsales bancarios en todo el país, a través de los puntos Baloto, Grupo Éxito, Movilred, y otros corresponsales bancarios del Grupo Aval y de BBVA. Y en los bancos autorizados.
Ahora desde cualquier lugar puedes ingresar a la #OficinaVirtual y consultar el estado de tus impuestos. https://t.co/R2HeBJtzKtpic.twitter.com/ECzFalINP9
— Hacienda Bogotá (@HaciendaBogota) 26 de febrero de 2018
11. ¿Quiénes no pueden pagar el predial por cuotas?
Los predios que no son de uso residencial (parqueaderos, garajes, lotes, comercios, etc)
Las personas de naturaleza jurídica
Los predios que estén financiados a través de leasing
12. ¿En qué se invierte el dinero recaudado por impuestos?
El 15% del recaudo del predial se trasfiere a la CAR. El restante se destina, junto con los demás recursos que se gestionan desde la Secretaría de Hacienda, a los proyectos contemplados en el Plan Distrital de Desarrollo del alcalde Enrique Peñalosa.
13. ¿Hasta cuánto puede aumentar el valor del impuesto predial de un inmueble?
Máximo 20 % para predios residenciales y 25 % para los no residenciales.
14. ¿Si el valor del impuesto que debo pagar supera el tope del 20 % qué debo hacer?
Solicitar la revisión de liquidación a la Dirección de Impuestos de Bogotá, antes de las fechas de vencimiento. Puede hacerlo dirigiéndose a un punto de atención para revisar el caso.
15. ¿Tengo descuento del 10 % si pago por cuotas?
No. La idea es elegir un solo beneficio. Descuento por pronto pago a una cuota o la posibilidad de diferir el pago sin costos adicionales.
16. ¿Qué ha pasado con las quejas por parte de los ciudadanos?
Las quejas de los ciudadanos frente al impuesto predial disminuyeron 519 %. Pasamos de recibir alrededor de 1.300 reclamos en 2016, sobre un total de 1,5 millones de contribuyentes, a 210 el año pasado.
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