Rematrícula de remolques y semirremolques

¿Qué es y para qué sirve?

Registrar nuevamente un remolque o semirremolque que ha sido recuperado después de ser objeto de hurto, pérdida definitiva o desaparición documentada. En caso de que el remolque o semirremolque recuperado haya sufrido cambios que modifican las características iniciales, solo procede la rematrícula hasta tanto se vuelva a las características que tenía antes de producido el hurto.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Call center (601) 291-69-99, horario de atención: lunes a viernes: 7:00 a.m. a 7:00 p.m., sábado: 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
  • Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Valor de: Rematrícula - carro, remolques y semirremolques $493.600.

 Tarjeta de registro y entrega de la misma serie (letras y números) de placa de su matrícula inicial.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Cumplir con los siguientes requisitos generales:

  • Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural o jurídica. Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este también deberá estar registrado.
  • Cédula de ciudadanía.
  • Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: la contraseña, el comprobante de documento en trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el comprobante de documento en trámite con código de verificación QR vía web.
  • El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
  • Formulario de solicitud de trámites del registro nacional de remolques, semirremolques, multimodulares y similares.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Contrato de mandato o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar el trámite a un tercer.
  • Con esta solicitud usted accederá al trámite rematrícula de remolques y semirremolques.
  • En cualquier momento, actualice sus datos registrados en la VUS haciendo clic aquí.

¿Qué se debe hacer?

Pasos para realizar este trámite: 

Antes de dirigirse a un punto de atención de la VUS, por favor lea las instrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite, de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.

  1. Cumplir con los requisitos generales.
  2. Ingresa a www.ventanillamovilidad.com.co.
  • Haz clic en el botón “Agendar cita” ubicado en el banner principal.
  • Ingresa con tu número de documento de identidad y contraseña. Si no estás registrado, crea tu cuenta.
  • Da clic en “Comenzar un trámite”.
  • Selecciona la categoría del trámite.
  • Lee atentamente los derechos del trámite y requisitos para que realices el proceso con éxito.
  • Selecciona el punto de la Ventanilla Única de Servicios en que quieres ser atendido.
  • Elige la fecha y hora de tu cita.
  • Diligencia el formulario con tus datos personales y marca la casilla de verificación.

Recuerda

  • Al correo electrónico registrado recibirás la confirmación del agendamiento con el código QR que deberás presentar el día de tu cita. En caso de que no puedas asistir, por favor cancelar o reprogramar.
  • Lleva la documentación completa cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
  1. Radicar los documentos.
  2. Realizar el pago de los derechos del trámite, directamente en el punto donde solicite el trámite, mediante pagos débito, crédito y efectivo en cualquiera de las ventanillas.
  • Resolución 405 de 2009, (Artículo 2)
  • Resolución 418 de 2003, (Todos)
  • Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 9,15)
  • Ley 769 de 2002, (Artículo 38)
  • Ley 1005 de 2006, (Artículo 6)
  • Resolución 804 de 2009, (Artículo 17)
  • Resolución 12379 de 2012, (Artículos 3 - 10, 18, 19)
  • Resolución 7036 de 2012, (Artículo 46)
  • Resolución 1044 de 2013, (Todos)
  • Resolución 1062 de 2013, (Todos)
  • Decreto 2360 de 2019, (Todo)
  • Resolución 20213040048735 de 2021, (Artículo 1)

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