Registro y sello de libros de actas

¿Qué es y para qué sirve?

Registrar los libros de actas de asamblea general y de comité ejecutivo de los organismos vinculados al Sistema Nacional del Deporte de competencia de la SCRD, con el fin de que se consigne lo ocurrido en el transcurso de las reuniones y que sirva como prueba de las decisiones allí adoptadas.

El horario de atención es de 7: 00 a.m. a 4:30 p.m. de lunes a viernes, la ventanilla de radicación se encuentra ubicada en la carrera 8 # 9- 83.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • 601-3274850 el horario de atención es de lunes a viernes de 7: 00 a.m. a 4:30 p.m.

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El registro y sello de libros de actas de asamblea general y de comité ejecutivo.

Se obtiene en 8 Día(s) - hábil(es).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

En el formulario se debe diligenciar los siguientes datos:

  • Número de información tributaria.
  • Digito de verificación.
  • Nombre entidad.
  • Nombre representante legal.
  • Número de cédula.
  • Tipo de libro a registrar.
  • Actas de comité ejecutivo (ingrese un dígito).
  • Actas de asamblea (ingrese un dígito).
  • Número de folio del último libro.
  • Número total de hojas del libro a registrar.
  • Aviso de privacidad y autorización para el tratamiento de datos personales.
  • Autorizo el tratamiento de mis datos personales (marcar).
  • Acepto términos y condiciones (marcar).
  • Radicar.

Anotaciones Adicionales: Es importante tener en cuenta que una vez diligenciado el formulario de solicitud se debe allegar los libros físicos a la oficina de correspondencia de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, los cuales deben estar foliados y rotulados indicando el nombre de la entidad y clase del libro.

  • Anotaciones adicionales: Los libros de actas deben venir foliados y rotulados indicando el nombre de la entidad y clase del libro.
  • Aplica para entidades sin ánimo de lucro vinculadas al Sistema Nacional del Deporte Nota: para cumplir con esta acción no debe adjuntar ningún soporte. La institución verificará que usted cumpla con lo que se solicita
  • Cada libro debe entregarse rotulado, con indicación de su destinación.
  • Solo pueden registrarse los libros en blanco; cada libro debe llevar una numeración sucesiva y continua; si los libros son de hojas continuas removibles o de tarjeta, cada hoja debe identificarse con una codificación.
  • Para el registro de nuevos libros se deben allegar los libros anteriores, o un certificado del revisor fiscal, o en su defecto de un contador público en el que conste las razones por las cuales los libros deben ser sustituidos. Si la falta de los libros se debe a pérdida, extravío o destrucción, se debe presentar copia del denuncio correspondiente.

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