Radicación de la matrícula de un remolque y semirremolque
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Legalización de la radicación de la cuenta de un remolque y semirremolque que anteriormente se encontraba registrado en otro municipio.
Dirigirse a un punto de atención VUS.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Call center (601)-291-6999, horario de atención: lunes a viernes: 7:00 a.m. a 7:00 p.m., sábado: 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
- Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas al día
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónDerechos del trámite: Radicación de la matrícula - remolque y semirremolque, multimodular y similar $324.250.
Con esta solicitud usted accederá al trámite radicación de la matrícula de un remolque y semirremolque y obtendrá tarjeta de registro.
Se obtiene en 3 Día(s) - hábil(es).
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Cumplir con los siguientes requisitos generales.
- No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla.
- Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural o jurídica. Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este también deberá estar registrado.
- Cédula de ciudadanía: 1 Original(es). Con la cual se confrontará la información registrada en el sistema y la confirmación que el usuario que adelanta el trámite es el mismo que se encuentra inscrito con ese documento de identidad y quien solicitó el traslado.
- Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: la contraseña, el comprobante de documento en trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el comprobante de documento en trámite con código de verificación QR vía web.
- El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- Contrato de mandato o poder especial: 1 Original(es). A través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar el trámite a un tercero.
- En cualquier momento, actualice sus datos registrados en la VUS haciendo clic aquí.
¿Qué se debe hacer?
Pasos para realizar este trámite:
Antes de dirigirse a un punto de atención VUS, por favor lea las instrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.
- Cumplir con los requisitos generales.
- Ingresa a www.ventanillamovilidad.com.co.
- Haz clic en el botón “Agendar cita” ubicado en el banner principal.
- Ingresa con tu número de documento de identidad y contraseña. Si no estás registrado, crea tu cuenta.
- Da clic en “Comenzar un trámite”.
- Selecciona la categoría del trámite.
- Lee atentamente los derechos del trámite y requisitos para que realices el proceso con éxito.
- Selecciona el punto de la Ventanilla Única de Servicios en que quieres ser atendido.
- Elige la fecha y hora de tu cita.
- Diligencia el formulario con tus datos personales y marca la casilla de verificación.
Recuerda.
- Al correo electrónico registrado recibirás la confirmación del agendamiento con el código QR que deberás presentar el día de tu cita. En caso de que no puedas asistir, por favor cancelar o reprogramar.
- Lleva la documentación completa cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
- Radicar los documentos en el punto de atención VUS indicado.
Nota: Radicar el traslado de matrícula. Si transcurridos sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de radicación de la solicitud de traslado ante el organismo de tránsito de origen, el propietario no se ha hecho presente para adelantar el proceso de radicación de la matrícula ante el organismo de tránsito receptor, este último devolverá la documentación al organismo de tránsito de origen.
- Realizar el pago de los derechos del trámite directamente en el punto de atención donde solicite el trámite, mediante pagos débito, crédito y efectivo en cualquiera de las ventanillas.
- Resolución 20213040048735 de 2021, (Artículo 1)
- Decreto 2360 de 2019, (Todo)
- Resolución 1044 de 2013, (Todos)
- Resolución 1062 de 2013, (Todos)
- Resolución 12379 de 2012, (Artículos 3 - 7, 13 - 15)
- Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 199, 201, 202)
- Acuerdo 469 de 2011, (Artículo 10)
- Resolución 405 de 2009, (Artículo 2)
- Ley 1005 de 2006, (Artículo 6)
- Resolución 418 de 2003, (Todos)
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