Programas de promoción de la salud, gestión del riesgo en salud y gestión de la salud pública
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Promoción de la salud: De acuerdo con la OMS, la promoción de la salud se refiere al conjunto de actividades e intervenciones sociales y ambientales destinadas a beneficiar y proteger la salud y la calidad de vida, desde lo individual y colectivo; mediante la prevención y solución de las causas primordiales de los problemas de salud, y no centrándose únicamente en el tratamiento y la curación de las enfermedades.
La Promoción de la salud, permite que las personas tengan un mayor control de su propia salud.
Los servicios de promoción de la salud para los habitantes de Bogotá, incluyen acciones individuales (a cargo de las Entidades Promotoras de Salud - EPS), de gestión de la salud pública, e intervenciones de salud pública colectiva (a cargo de la Secretaría Distrital de Salud).
Para el desarrollo de estas actividades e intervenciones, se requiere de múltiples gestiones sectoriales, intersectoriales y transectoriales; también de la participación activa de la comunidad.
Gestión del riesgo en salud: Incorpora las acciones del Plan de Beneficios en Salud (antiguo POS) relacionados con la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad, la garantía del aseguramiento y la provisión adecuada de servicios de salud; así como las acciones de inspección, vigilancia y control en cuanto a la prestación de servicios de salud por parte de las entidades territoriales de salud.
Gestión de la salud pública: Es un proceso dinámico, integral, sistemático y participativo bajo el liderazgo y conducción de la Secretaría Distrital de Salud; el cual está orientado a que las políticas, planes, programas y proyectos de salud pública se realicen de manera efectiva, coordinada y organizada, entre los diferentes actores del SGSSS y del Sistema General de Riesgos Laborales –SGRL, junto con otros sectores del Gobierno Distrital, de las organizaciones sociales, privadas y la comunidad. Esto, con el fin de mejorar la salud de los habitantes de Bogotá. Para este propósito, la Secretaría Distrital de Salud continúa liderando y articulando gestiones a nivel sectorial e intersectorial. También realiza las acciones propias de su competencia, en articulación con las IPS de la red pública (Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.) en cada localidad.
Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas-PSPIC: Se refiere a un plan de beneficios en salud compuesto por intervenciones de promoción de la salud y gestión del riesgo colectivo, las cuales se enmarcan en las estrategias definidas en el Plan Territorial de Salud (PTS) de Bogotá, que buscan impactar positivamente los determinantes sociales de la salud y alcanzar los resultados definidos en el PTS. Comprende un conjunto de intervenciones, procedimientos, actividades e insumos definidos en los anexos técnicos de la Resoluciones 518 de 2015 y 3280 de 2018 y lo establecido en la Resolución 295 de 2023, todas estas, emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Las intervenciones del PSPIC, se ejecutan de manera complementaria a otros planes de beneficios en salud que existen en el país. El PSPIC está a cargo de las entidades territoriales de salud. Para el caso de Bogotá, la entidad encargada de liderar su ejecución es la Secretaría Distrital de Salud. Actualmente, la Secretaría Distrital de Salud contrata la ejecución del PSPIC con las Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E., para las veinte (20) localidades de la ciudad. A través las acciones e intervenciones del PSPIC, la Secretaria Distrital de Salud, contribuye a la gestión del riesgo en salud y también aporta a la gestión de la salud pública en el marco de las directrices que ha emitido el Gobierno Nacional. Las intervenciones del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas es gratuito para todas y todos los habitantes de Bogotá. Se ejecuta en todas las localidades de la ciudad e incluye, entre otras, las siguientes actividades:
- Gestión para la vacunación de niños y niñas con los biológicos del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) que ha establecido el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Promoción de la alimentación saludable, la actividad física y el cuidado del medio ambiente.
- Prevención del tabaquismo, alcoholismo y consumo de drogas
- Vacunación antirrábica de caninos y felinos.
- Promoción de la salud mental, convivencia social y habilidades para la vida.
- Prevención de la violencia a nivel escolar, familiar y comunitario.
- Promoción de la participación social transformadora y,
- Actividades para prevenir la infección por SARS-CoV-2 (COVID-19), entre otras.
Para saber más sobre el PSPIC, consulte la siguiente dirección de internet: http://www.saludcapital.gov.co/Paginas2/Plan_Intervenciones_Colectivas.aspx.
Actualmente, las acciones de gestión de la salud pública y las intervenciones de salud colectiva se ejecutan en el marco de los contenidos del Acuerdo 368 de 2024, expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital, 2020-2024, “Bogotá camina segura”. A partir del mes de Julio de 2024 , las acciones de gestión de la salud pública y del plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, se incorporaron a las líneas operativas del Modelo Territorial de Salud (MTS) de la ciudad de Bogotá, que se conoce como “MAS- bienestar”, que busca ser inclusivo y atender a todos los habitantes de la ciudad, sin importar su origen étnico, régimen de afiliación o lugar de residencia.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
- 601 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m.
VIRTUAL
- Si usted requiere mayor información, podrá manifestar sus inquietudes a través de correo electrónico: contactenos@saludcapital.gov.co.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEste servicio no tiene costo.
- Para acceder al servicio de promoción y prevención, no requiere de remisión, es decir, la cita para acceder a este servicio se solicita directamente sin orden médica.
- Acuda a la cita en la fecha y hora indicadas, presentando: carné de afiliación y documento de identidad del paciente.
¿Qué se debe hacer?
Para acceder a este servicio tienes 2 opciones:
Para quienes pertenecen al régimen contributivo o subsidiado: comuníquese con su EPS o IPS primaria y solicite su consulta.
Para quienes NO pertenecen al régimen contributivo o subsidiado: Acérquese a la Unidad de Servicios de Salud de su localidad y solicité consulta.
Para acceder a los servicios y actividades de salud pública colectiva, puede comunicarse con la Subred Integrada de Servicios de Salud (Norte, Sur, Centro Oriente, o Sur occidente) que tenga cobertura en su localidad. Para saber más sobre las Subredes Integradas de Servicios de Salud, consulte las siguientes direcciones de internet:
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