Cobro de premios de la lotería

Entidad responsable

Lotería de Bogotá

¿Qué es y para qué sirve?

Es el trámite para obtener el pago del premio ganado, según el monto, si el número de su billete o fracción corresponde a alguno de los números favorecidos en los sorteos de la Lotería de Bogotá.
Cómo te fue haciendo este trámite, si quieres contar tu experiencia y ganar un super premio participa aqui.

Tiene varias formas para reclamar su premio:

  1. Si la compra fue física (billete o fracción física) y el premio ganado le da derecho a otro billete u otra fracción (recambio) o al costo del billete o la fracción ($18.000 billete o $6.000 fracción) o si el valor del premio no supera los 6 salarios mínimos legales vigentes, puede cobrarlo a su lotero de confianza, en puntos de venta autorizados o en una oficina o agencia de distribución de Lotería o en el punto de venta donde adquirió el billete o la(s) fracción(es), presentando para el cobro, el billete o la(s) fracción(es) en original.
  2. Si la compra fue física y el premio ganado es superior a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (6 SMLMV) debe presentar o hacer llegar, a través de un punto de venta y/o agencia de distribución de lotería, cuyo listado puede consultarlo en el siguiente enlace: https://loteriadebogota.com/wp-content/uploads/files/loterias/Distribuidores.pdf a la Unidad de Loterías hoy Dirección de Operación de Producto y Comercialización de la Lotería de Bogotá los documentos que se describen en el apartado requisitos.
  3. Si la compra del billete o fracción la hizo a través de nuestra tienda virtual http://www.loteriadebogota.com el valor ganado por aproximaciones y aciertos o premios de nuestro plan de premios son abonados a su cuenta inscrita en nuestra página web en la sección "premios por cobrar" de su perfil en el transcurso del día hábil siguiente de jugado el sorteo, para que si lo desea pueda usarlos en próximas compras en la tienda virtual (opción: "cambiar a créditos") o si lo desea para solicitar le sea consignado a una cuenta bancaria (opción: "cobrar premio").                                                                                  * Si la compra la hizo a través de nuestra página web y el valor supera los seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (6 SMLMV), después de elegir la opción "cobrar premio" y diligenciar los datos que le pide el sistema (banco, tipo de cuenta y número de cuenta), debe continuar el trámite para el cobro del premio directamente en la Unidad de Loterías hoy Dirección de Operación de Producto y Comercialización de la Lotería de Bogotá ubicada en la Carrera 32 A # 26 - 14 Piso 1 con los documentos que se describen en el apartado requisitos.                                                                                                                            * NOTA: Para ampliar la información puede consultar el apartado "preguntas frecuentes" en nuestra página web http://www.loteriadebogota.com o puede ingresar a dicha sección en el siguiente enlace: https://loteriadebogota.com/faqs/

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea:195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • PBX: 601 3351535
  • Línea gratuita nacional: 01 8000 123070

VIRTUAL

Si la compra fue a través de nuestra tienda virtual, el cobro de premios ganados debe hacerse iniciando sesión en su cuenta inscrita en nuestra tienda virtual en la página web http://www.loteriadebogota.com en la opción “ver perfil” y "premios por cobrar"– leer antes el instructivo que está en la sección “tenga en cuenta”


PRESENCIAL

Puede acercarse a la Dirección de Operación de Producto y Comercialización ubicada en la ciudad de Bogotá en la carrera 32 A # 26 - 14 Piso: 1 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p. m. 

Ver puntos de Atención

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Si la compra fue física (billete o fracción física) y el premio ganado le da derecho a otro billete u otra fracción (recambio) o al costo del billete o la fracción ($18.000 billete o $6.000 fracción) o si el valor del premio no supera los 6 salarios mínimos legales vigentes, puede cobrarlo a su lotero de confianza, en puntos de venta autorizados o en una oficina o agencia de distribución de Lotería o en el punto de venta donde adquirió el billete o la(s) fracción(es), presentando para el cobro, el billete o la(s) fracción(es) en original.

SI LA COMPRA FUE FÍSICA (BILLETE O FRACCIÓN FÍSICA) Y EL PREMIO GANADO SUPERA LOS 6 SALARIOS MÍNIMOS LEGALES VIGENTES DEBE, PARA EL COBRO DEL PREMIO, PRESENTAR O HACER LLEGAR A TRAVÉS DE UN PUNTO DE VENTA Y/O AGENCIA DE DISTRIBUCIÓN DE LOTERÍA A LA UNIDAD DE LOTERÍAS HOY DIRECCIÓN DE OPERACIÓN DE PRODUCTO Y COMERCIALIZACIÓN DE LA LOTERÍA DE BOGOTÁ LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

  • La(s) fracción(es) o el billete ganador en original y en perfecto estado, con la información diligenciada al respaldo por parte del ganador.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • Carta de autorización dirigida a la Lotería de Bogotá donde usted autorice o solicite, le sea consignado el valor del premio ganado a determinada cuenta bancaria o a través de cheque.
  • Si decide que le sea consignado el premio, debe anexar certificación bancaria donde se certifique que la cuenta bancaria está activa y está a su nombre.
  • Diligenciar el formato de identificación de ganadores el cual puede descargar en el siguiente link: https://loteriadebogota.com/wp-content/uploads/FRO-400-300-3.pdf  imprimirlo, diligenciarlo, poner la huella y presentarlo en original o puede diligenciarlo directamente en la Unidad de Loterías hoy Dirección de Operación de Producto y Comercialización de la Lotería de Bogotá.
    • NOTA: 
      • Si se encuentra fuera de la ciudad de Bogotá puede llevar la documentación descrita anteriormente a un punto de venta y/o agencia de distribución de Lotería para que ellos nos la hagan llegar a las oficinas de la Lotería de Bogotá o puede enviar en sobre sellado por correo certificado a la Unidad de Loterías hoy Dirección de Operación de Producto y Comercialización de la Lotería de Bogotá ubicada en la Carrera 32 A # 26 - 14 Piso 1, los documentos descritos anteriormente; para el caso del formato de identificación de ganadores puede descargarlo en el siguiente link: https://loteriadebogota.com/wp-content/uploads/FRO-400-300-3.pdf una vez lo descargue, debe imprimirlo, diligenciarlo, poner la huella  y remitirlo en original junto con los demás documentos.   
      • No olvide diligenciar siempre la información al reverso de su billete y/o fracción y firmarlo.

SI LA COMPRA FUE A TRAVÉS DE NUESTRA TIENDA VIRTUAL DEBE:

  • Iniciar sesión con su cuenta inscrita en nuestra página web http://www.loteriadebogota.com y en la sección "PREMIOS POR COBRAR" encontrará el valor ganado para que usted decida cobrarlo por medio de consignación a su cuenta bancaria (opción: "cobrar premio") o cobrarlo como créditos para usarlos como parte de pago de sus siguientes compras (opción: "cambiar a créditos").
  • Si el valor ganado supera los seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (6 SMLMV), después de elegir la opción "cobrar premio" y diligenciar los datos que le pide el sistema (banco, tipo de cuenta y número de cuenta), debe continuar el trámite para el cobro del premio directamente en la Unidad de Loterías hoy Dirección de Operación de Producto y Comercialización de la Lotería de Bogotá ubicada en la Carrera 32 A # 26 - 14 Piso 1 con los siguientes documentos:
    • El correo electrónico o comprobante que le debe llegar a su e-mail en el que se le informa que usted ha sido un ganador de determinado premio, así como el pantallazo de la pestaña "premios por cobrar" de su cuenta inscrita en nuestra página web donde se evidencie el valor ganado (este pantallazo es opcional)
    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía
    • Carta de autorización dirigida a la Lotería de Bogotá donde usted autorice o solicite le sea consignado el valor del premio ganado a determinada cuenta bancaria o a través de cheque
    • Si decide que le sea consignado el valor del premio a su cuenta bancaria, debe anexar certificación bancaria donde se certifique que la cuenta bancaria está activa y está a su nombre.
    • Diligenciar el formato de identificación de ganadores que le será entregado en la Unidad de Loterías hoy Dirección de Operación de Producto y Comercialización de la Lotería de Bogotá. 
  • Si la compra fue física, el pago del premio se obtiene de manera inmediata si el premio ganado corresponde a otro billete u otra fracción o los $18.000 o los $6.000
  • Si su premio corresponde a otro valor, este será pagado en máximo (5) días hábiles
  • Si su premio fue mayor a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (6 SMLMV) y lo desea o vive fuera de Bogotá, puede hacer el trámite a través de un punto de venta autorizado o agencia de distribución de lotería o enviando la documentación en sobre sellado por correo certificado.
  • Para cobros de premios superiores a 50 millones de pesos deberá elaborar, además de los trámites descritos para cobro de premios superiores a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (6 SMLMV) una carta de instrucciones informando el número de la cuenta y el banco donde desea que le sea consignado el valor del premio o si lo desea puede acercarse a la Unidad de Loterías hoy Dirección de Operación de Producto y Comercialización de la Lotería de Bogotá para reclamar personalmente el cheque. El billete será enviado para su verificación y comprobación de autenticidad a la firma impresora. El trámite para el cobro o pago de premios superiores a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (6 SMLMV) puede tardar hasta 30 días.
  • Si la compra fue virtual a través de nuestra página web, el cobro del premio ganado lo debe hacer iniciando sesión en su cuenta inscrita en nuestra página web http://www.loteriadebogota.com en la sección "PREMIOS POR COBRAR" allí si decide cambiar el valor ganado a "créditos" éste es abonado de manera inmediata en la sección "MIS CRÉDITOS" de su perfil y si decide cobrar el premio por consignación bancaria el proceso puede tardar de 8 a 10 días hábiles siempre y cuando no supere los seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (6 SMLMV) si supera dicho valor el tiempo límite para el pago del premio será hasta de 30 días, puede consultar el instructivo o manual para realizar cualquier acción relacionada con la compra de Lotería de Bogotá a través de nuestra página web, cobro de premios, entre otra información INSTRUCTIVO REGISTRO, COMPRA Y COBRO EN LA PÁGINA WEB
  • Acuerdo 003 de 2015, "Por medio del cual se aprueba el Nuevo Plan de Premios de la Lotería de Bogotá"
  • Ley 643 de 2001, (Capítulo III) "Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos desuerte y azar"
  • Ley 1393 de 2010 (Artículo 12) "Por la cual se definen rentas de destinación específica para la salud, se adoptan medidas para promover actividades generadoras de recursos para la salud, para evitar la evasión y la elusión de aportes a la salud, se redireccionan recursos al interior del sistema de salud y se dictan otras disposiciones."
  • Decreto 624 de 1989 (Artículo 317) "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales"
  • Decreto 3034 de 2013, (Artículos 9, 14, 15) "Por el cual se reglamenta la Ley 643 de 2001, modificada por la Ley 1393 de 2010, en lo relativo a la modalidad del juego de lotería tradicional o de billetes."

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