Servicios de información territorial (POT)

¿Qué es y para qué sirve?

Suministrar información verbal personalizada en los puntos de atención de la Red CADE donde hace presencia la SDP, con el fin de resolver las inquietudes sobre trámites y servicios que son competencia de la entidad de información relacionada con el componente territorial del Plan de Ordenamiento Territorial (Decreto 555-2021) y sus decretos reglamentarios (usos de suelo, normatividad urbanística, zonas de riesgos en predios urbanos, zonas de reserva vial y ambiental, legalización de barrios, etc.)

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.              

PRESENCIAL

Puntos de atención SuperCADE CAD y Bosa: Jornada continua de 7:00 a.m. a 4.30 p.m. En los puntos de atención SuperCADE Suba y Américas: El horario de atención es de 7:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 a 4:30 p.m. La asignación del turno se hace por parte de la Secretaría General en cada punto de atención.

Ver puntos de Atención
  • Todas las consultas son gratuitas.
  • Las fotocopias tienen un costo. El costo de la reproducción puede consultarse aquí.

El ciudadano puede obtener información en torno a trámites y servicios de competencia de la Secretaría Distrital de Planeación, e información relacionada con el Plan de Ordenamiento Territorial-Decreto 555-2021 y sus decretos reglamentarios.

La información se brinda inmediatamente frente a trámites y servicios de competencia de la Secretaría Distrital de Planeación, e información relacionada con el Plan de Ordenamiento Territorial-Decreto 555-2021 y sus decretos reglamentarios.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

El ciudadano-ciudadana deberá presentarse en el punto de atención con el correspondiente documento de identidad. Los informadores verificarán con el usuario si el trámite se puede gestionar en el punto.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Cédula de extranjería y/o pasaporte. Para migrantes venezolanos, Permiso de Protección Temporal (PPT).

¿Qué se debe hacer?

  • Tenga en cuenta que, para consulta de planos urbanísticos y topográficos, o resoluciones de legalización de barrios, deberá dirigirse a la planoteca de la Secretaría Distrital de Planeación ubicada en SuperCADE CAD. Para mayor información ver Consulta de Documentación Urbanística.
  • Para información sobre licencias de construcción y sus documentos asociados (Planos, resoluciones, etc.) deberá efectuarse el agendamiento de una cita en el archivo central de predios, la cual se puede realizar a través de la página: www.sdp.gov.co en el link.

Nota: En punto de atención SuperCADE CAD se está realizando una verificación previa para la orientación de los usuarios que se dirigen al servicio.

  • Descripción verbal de la solicitud, es importante indicar puntualmente el trámite o solicitud de información que se requiere, o informar la entidad que lo solicita.
  • En el caso de contar con soportes documentales, es oportuno presentarlos para dar mayor claridad a su solicitud. Es importante para las consultas de información territorial disponer de los datos del predio (dirección, CHIP o número de identificación predial que aparece en el recibo del predial (AAA-XXXX-XXXX), coordenadas o un plano de apoyo).

El servidor público entregará verbalmente la información requerida de manera personalizada sobre trámites, términos, requisitos y procedimientos. Podrá informar sobre los mecanismos de radicación u otros servicios complementarios relacionados con su solicitud.

Acuerdo 257 de 2006 “Por medio del cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones” en su artículo 73 se estableció objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Planeación, la cual tiene por objeto “orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas y planeación territorial, económica, social y ambiental del Distrito Capital, conjuntamente con los demás sectores”

Decreto 432 de 2022 "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Planeación y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 3 señala las funciones de la SDP en el literal d “Adelantar las funciones de regulación del uso del suelo, de conformidad con la normativa que expida el Consejo Distrital y en concordancia con la normatividad nacional”.

 Ley 1755 de 2015“Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", en su artículo 15 expresa que una petición podrá recibirse de manera verbal, por escrita o por cualquier otro medio idóneo, es así como la SDP cuenta con diferentes canales de atención para poder responder a los requerimientos de la ciudadanía.

Ley 1437 de 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" en su artículo 3 señala los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad, bajo los cuales cualquier autoridad debe desarrollar las actuaciones administrativas.

Decreto 2106 de 2019“Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública”, en su artículo 4 precisa sobre la estrategia anti tramites qué, “La estrategia antitrámites de que tratan los artículos 73 y 74 de Ley 1474 de 2011 deberá registrarse en el Sistema Único de Información de Trámites -SUIT y será exigible a todas las autoridades. En la formulación de la estrategia antitrámites las autoridades deberán generar espacios de participación ciudadana con los usuarios, con el objeto de identificar oportunidades de mejora en los trámites a su cargo, de lo cual dejarán constancia”

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