Aplazamiento del semestre
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Retiro voluntario que realiza el estudiante por motivo de fuerza mayor, el cual genera una reserva de cupo y permite retomar posteriormente los estudios al mismo programa académico.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- 601 323 9300 Ext. 1420 - 1421 lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- www.udistrital.edu.co.
- Correo electrónico: atencion@udistrital.edu.co, reclamos@udistrital.edu.co.
- Chat Institucional: https://www.udistrital.edu.co/ icono inferior izquierdo lunes a viernes 08:00 a.m. a 05:00 p.m.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEl plazo para este trámite es de 15 días hábiles. Este tiempo varía de acuerdo a la programación de los consejos curriculares o de facultad, los cuales se realizan cada 15 días.
- Como resultado de este servicio se obtiene la aprobación de aplazamiento de semestre.
- La respuesta a las solicitudes se dará máximo tres días hábiles después del respectivo consejo.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Reunir documentos y cumplir condiciones requeridas para el trámite:
- Carta solicitud de aplazamiento en original dirigida a la secretaria académica del proyecto curricular, en la que solicite el aplazamiento del semestre explicando los motivos por los cuales no puede continuar en la universidad. Dicha solicitud, debe ser realizada dentro de las fechas establecidas en el proceso de matrícula.
- Haber realizado la matrícula durante el periodo (no debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla).
- No haber aplazado semestre durante la carrera. En caso de fuerza mayor, puede darse por segunda y última vez de acuerdo a la consideración del decano de la facultad (no debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla).
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¿Qué se debe hacer?
- Reunir documentos y cumplir condiciones requeridas para el trámite.
- Radicar los documentos en el proyecto curricular al cual pertenece.
- Ley 30 de 1992, Congreso de la República de Colombia, "Por el cual se organiza el servicio público de la educación en Colombia" (Artículos 108, 109, 122).
- Acuerdo 027 de 1993, Consejo Superior Universitario de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, "Por el cual se expide el Estatuto Estudiantil de la Universidad Francisco José de Caldas" (Artículo 17).
- Resolución 056 de 2022: "Por la cual se expide el Calendario Académico para los programas académicos de posgrado de la Universidad, correspondientes a los periodos académicos 2023-1, 2023-111 y proceso de admisión para el periodo académico 2024-1"
- Resolución 057 de 2022: “Por la cual se expide el Calendario Académico para los programas académicos de pregrado de los periodos académicos 2023-I, 2023-II, 2023-III y proceso de admisión para el periodo académico 2024- III de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas”
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Retiro voluntario es aquel que realiza el estudiante por motivo de fuerza mayor, diferente a situaciones académicas.