La Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano, de la Secretaría General, tiene a disposición el SuperCADE Movilidad para que las personas interesadas en registrar vehículos que transporten o sean conducidos por personas en condición de discapacidad permanente cuya condición motora, sensorial o mental limita su movilidad, pueden hacerlo. El SuperCADE está ubicado en la avenida calle 13 No. 37 – 35.
El horario de radicación es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. El horario habitual para información general es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
¿Qué hacer para registrar el vehículo?
Descargue y diligencie el formulario 'solicitud registro de vehículos de personas con discapacidad', también, lo puede solicitar en el SuperCADE Movilidad, o en los Centros Locales De Movilidad,o en la Sede Paloquemao Secretaría Distrital de Movilidad.
Adjunto al formulario anexe los siguientes documentos:
Fotocopia del documento de identidad (copia simple de la Cédula de Ciudadanía, Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Pasaporte de Extranjería) de la persona en condición de discapacidad.
Copia de la certificación suscrita por un profesional de la medicina, que conste la discapacidad. Si el interesado no se encuentra afiliado en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, debe dirigirse al Hospital (Empresa Social del Estado) más cercano al lugar de residencia para obtener dicha certificación con las especificaciones ya citadas.
Fotocopia de la licencia de tránsito del vehículo.
En caso de que el formulario sea diligenciado por una tercera persona, deberá además anexar:
Fotocopia del documento de identidad de. (copia simple de la Cédula de Ciudadanía o Registro Civil o Tarjeta de Identidad o Pasaporte de Extranjería)
Una vez diligenciado el formulario y reunido los anexos, preséntelos en el SuperCADE Movilidad, o en los Centros Locales De Movilidad o en la Sede Paloquemao Secretaría Distrital de Movilidad.
Los documentos como: historias clínicas, remisiones, epicrisis, formulas médicas no son válidos como certificación médica, salvo que en el contenido del documento anexado, el médico certifique de manera clara que por su patología, diagnóstico o condición se genere una discapacidad permanente que límite su movilidad.
En el término de 15 días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud, se informará por escrito al peticionario la procedencia o negación de la solicitud del registro. El interesado también podrá realizar la Consulta en Línea para saber si la Secretaría Distrital de Movilidad emitió la respuesta o a través de la Consulta de Excepciones por Discapacidad para verificar las solicitudes aprobadas registrando la placa del vehículo.
Si desea, consulte la normativa aplicable: Decreto 575 del 17 de Diciembre 2013, Ley 1383 del 16 de marzo de 2010, Decreto 271 del 12 de junio de 2012Solo procede el registro de máximo un (1) vehículo por persona en condición de discapacidad.
Mayor infromación visite la Guía de Trámites y Servicios de la Secretaría General, o comuníquese a la Secretaría Distrital de Movilidad al teléfono 3 649 4 00 ext. 3419 o 3420.
Twitter: @ServiCiudadano