Hasta la fecha, 18.303 habitantes de Bogotá con discapacidad permanente, deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, se benefician con subsidio de transporte mensual de $21.250. El subsidio se puede utilizar solo en el Sistema Integrado de Transporte Público SITP, estaciones de la Carrera 10 y Calle 26, portal El Dorado y 20 de Julio.
Las localidades de Bogotá en donde más se reciben solicitudes para acceder al subsidio de transporte son: San Cristóbal, Rafael Uribe Uribe, Ciudad Bolívar y Kennedy.
La discapacidad debe estar médicamente certificada y la persona debe estar inscrita en el Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad de Bogotá, administrado y actualizado por la Secretaría Distrital de Salud. El Decreto 429 de 2012, reglamenta el Acuerdo 484 del 27 de diciembre de 2011, por medio del cual se establece un subsidio de transporte a favor de las personas con discapacidad en Bogotá.
- El subsidio únicamente se otorgará a personas con discapacidad permanente, médicamente certificada.
- El subsidio que se le otorga a las personas con discapacidad, para el 2014 se incrementará en 5 puntos anualmente hasta llegar al 40% en el año 2017 y corresponde a un monto equivalente al descuento para 50 viajes mensuales.
- La persona en condiicón de discapacidad debe asistir al punto de registro, ya que la información solicitada, parte del auto reconocimiento de dicha condición.
- Los menores de edad y las demás personas con discapacidad que presenten dificultad en la comunicación, deberán asistir acompañados del cuidador (a).
- La persona con discapacidad debe ser residente permanente (mínimo seis meses) en la ciudad de Bogotá.
- La persona con discapacidad preferiblemente deberá realizar el proceso de registro en su localidad de residencia.
- En casos excepcionales el cuidador (a), podrá solicitar una visita domiciliaria para realizar el registro, siempre y cuando la persona con discapacidad presente una imposibilidad total de realizar el registro en los puntos establecidos.
- Original del documento de identidad (registro civil, tarjeta de identidad, cédula de ciudadanía, pasaporte de extranjería).
- Presentar carné de afiliación al sistema de salud (subsidiado o contributivo).
- Fotocopia u original de un recibo de servicio público del lugar de residencia (gas, acueducto, luz, teléfono).
- Soporte médico donde se encuentre relacionado el diagnóstico de salud asociado a la condición de discapacidad.
- Cuando se compruebe que el medio de uso del subsidio no presenta ningún tipo de transacción por dos meses continuos.
- Cuando el solicitante se encuentre identificado como propietario de vehículos automotores en el territorio nacional o inscrito en el registro de la Secretaría Distrital de Movilidad para circular sin aplicación de las restricciones a la circulación.
- Cuando el beneficiario así lo solicite a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Tenga en cuenta que en el punto de registro NO se entregará ningún tipo de certificación y/o soporte del proceso de registro. Amplíe esta información.
Teniendo en cuenta que el subsidio es para los usuarios del Sistema, la condición principal es tener la tarjeta 'Tu llave' personalizada, en la actualidad se puede usar en los buses del SITP, y algunas estaciones.
En caso de pérdida o robo de la tarjeta, la reposición tendrá un costo de $3.000 y se debe reportar al 018000115510 para bloquearla y recibir información sobre la reposición.
En caso de ser requerido, consulte la normativa aplicable: Decreto 429 de 2012 y Decreto 484 de 2011.
Mayores informes, visite la Guía de Trámites y Servicios de la Alcaldía Mayor de Bogotá