En la capital, se presentó y aprobó el Plan de Retornos y Reubicaciones para víctimas del desplazamiento forzado, el cual constituye una herramienta de coordinación y definición de acciones institucionales que dispone las condiciones para la realización de procesos de retorno o reubicación por parte de las víctimas, con aplicación de los principios rectores de seguridad, voluntariedad y dignidad.
El retorno y la reubicación han sido entendidos como el tránsito de la fase de asistencia y atención hacia la fase de reparación integral, pues implica que los hogares empiecen a pensar en perspectiva de proyecto de vida, hasta llevarles a la cesación de condiciones de vulnerabilidad. Esto se logrará mediante la implementación gradual y progresiva de acciones institucionales coordinadas entre el Distrito y la Nación que procuren el goce efectivo de los derechos que el Decreto 4800 de 2011 ha establecido como prioritarios, graduales y complementarios.
En el documento del Plan se encuentra el marco normativo que reglamenta los procesos de retorno y reubicación, también se presenta el universo poblacional sujeto de intervención, el cual se estableció con base en las solicitudes que actualmente cursan en la Unidad para las Víctimas así como el acompañamiento que se ha brindado a las víctimas de desplazamiento forzado desde la Alta Consejería; se desarrollan los principios de seguridad, voluntariedad y dignidad y la manera como deben ser revisados y aplicados en Bogotá; posteriormente frente a cada derecho prioritario, gradual y complementario se presenta la oferta Distrital y Nacional con la que se busca dar respuesta; frente a los casos colectivos y étnicos, suministra unas líneas generales de intervención orientadas a la observancia del enfoque diferencial étnico así como de sus autoridades y mecanismos propios de diálogo y toma de decisiones; el capítulo final presenta los compromisos de implementación, seguimiento y actualización del Plan.
Para la emisión del concepto de seguridad para la ciudad, la Alta Consejería trabajó de manera conjunta con la Secretaría Distrital de Gobierno y la Unidad para las Víctimas, analizando la información por localidades y UPZ priorizadas para la implementación del plan. La información fue suministrada por las entidades del sector seguridad (Policía Metropolitana de Bogotá, Brigada XIII Ejército Nacional, Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo y el Centro de Estudios y Análisis de Convivencia y Seguridad), y posterior a un proceso de sistematización y análisis, se presentó ante el Comité Distrital de Justicia Transicional, el cual decidió que de las 54 UPZ priorizadas en la ciudad, se viabilizaba el concepto de seguridad, excepto en 11 UPZ que hacen parte del plan de “Seguridad Humana” de la Secretaría Distrital de Gobierno, en espera de avances y resultados para revisar nuevamente condiciones de seguridad, y por tanto la viabilidad de adelantar reubicaciones en estas zonas de la ciudad.
La emisión del concepto de seguridad para Bogotá, así como la aprobación del Plan de Retornos y Reubicaciones para Bogotá, constituye un gran avance en la formulación e implementación de la política pública para víctimas del conflicto armado en el Distrito Capital, sumado al hecho de que Bogotá se convierte en el primer ente territorial en contar con un plan de retornos y reubicaciones en el país.