Establecimientos que vendan licor ya se pueden inscribir para obtener el Sello Seguro

7·NOV·2018
La Secretaría de Gobierno habilitó una página para que propietarios de establecimientos de venta de licor obtengan su Sello Seguro....
Sello seguro - FOTO: Prensa Secretaría de Gobierno
Sello seguro - FOTO: Prensa Secretaría de Gobierno

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La Secretaría de Gobierno puso a disposición de los propietarios o administradores de establecimientos dedicados a la venta y el consumo de bebidas alcohólicas un portal para que se inscriban y carguen la documentación requerida para obtener el Sello Seguro.

Éste certifica el cumplimiento de los requisitos para ofrecer al público un servicio con altos estándares de seguridad.

La certificación, expedida por la Secretaría de Gobierno, tendrá vigencia de un año. Quienes la obtengan recibirán como beneficio dos horas adicionales  de funcionamiento (3:00 a.m a 5:00 a.m.) de miércoles a sábados y domingos cuando el lunes sea festivo.

Así mismo, también serán avalados por el Instituto Distrital de Turismo y reseñado en publicaciones como establecimientos de comercio abiertos al público que cumplen altos estándares de seguridad en la prestación de servicios.

A la fecha, 22 están en proceso para obtener esta certificación, para lo cual se deben tener en cuenta varios requisitos:

-  Protección contra incendios.
-  Concepto de uso del suelo o licencia de construcción.
-  Póliza de responsabilidad civil contractual.
-  Certificado de insonorización.
- Convenio con un parqueadero para los usuarios que deseen estacionar su vehículo hasta el día siguiente.
- Taxi seguro o conductor elegido.
- Instalación de cámaras de video vigilancia.
- Certificación de personal capacitado en primeros auxilios.
- Personal de logística para reforzar la seguridad.

El trámite se puede hacer a través de la página de la Secretaría de Gobierno: www.gobiernobogota.gov.co. Allí se deben anexar digitalizados los documentos anteriormente descritos.

En caso de que un establecimiento no cumpla los requisitos del Sello Seguro, una vez entregada la certificación, se le suspenderá inmediatamente la extensión del horario durante seis meses. De igual forma, cuando se constate que cambió de domicilio o que no cumple con lo estipulado por el Código Nacional de Policía, le serán suspendidos los beneficios.