En operativos de vigilancia y control urbanístico sobre los cerros orientales que hacen parte de la jurisdicción de la localidad de Santa Fe, se están adelantando jornadas que buscan evitar las ocupaciones ilegales. En ellas, se han detectado cerca de 20 cambuches construidos por habitantes de calle, en predios de reserva forestal, administrados por la Empresa de Acueducto de Bogotá, de los cuales ya se erradicaron cinco.
Estas ocupaciones generan riesgo de seguridad en la zona, puesto que según lo indica la Policía de Carabineros, se expenden estupefacientes y se realizan fogatas que pueden terminar en incendios forestales.
En los operativos fue hallado un altar de juguetes de propiedad de un individuo de 50 años de edad, quien afirmó ser coleccionista de muñecos, por lo cual los recicla de la basura. Según su testimonio, habitaba el lugar desde hace dos años, donde construyó un cambuche de más de dos metros y medio de profundidad, el cual fue destruido conforme a la ley.
El llamado de la administración local es a no construir, ampliar o modificar construcciones sin licencia previa en la reserva forestal. “Estamos trabajando por la protección de los pulmones de nuestra ciudad, dando cumplimiento a la Sentencia de Acción popular 664 de 2005, por eso invitamos a la comunidad de nuestra zona rural a denunciar las construcciones que se estén adelantando. Construir en los cerros está prohibido, eviten sanciones”, dijo Carlos Borja, Alcalde Local de Santa Fe.En los próximos días la Alcaldía Local de Santa Fe seguirá realizando estos operativos, así como sancionando con demolición y multa a aquellas ocupaciones construidas sin licencia o permiso, localizadas en los cerros orientales.
El operativo liderado por la Alcaldía Local de Santa Fe contó con la cooperación de la Secretaría Distrital de Gobierno, la Policía Metropolitana de Bogotá, la Policía de Carabineros, la Personería de Bogotá, Secretaría Distrital de Integración Social y Aguas de Bogotá.
Según la ley 810 de 2013, en su artículo segundo numeral 1, se estableció que las multas oscilan entre 15 y 30 salarios mínimos legales diarios vigentes por metro cuadrado del área de suelo afectado, mencionando además, que la cuantía de las sanciones se incrementará hasta en un 100% sobre las sumas aquí señaladas si la construcción, urbanización, o parcelación se desarrollan en terrenos de protección ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de la respectiva demolición.
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